La Cámara de Diputados aprobó este martes, en lo general y lo particular, la Ley Federal de Revocación de Mandato, por lo que podrá realizarse la consulta del próximo año para decidir si el presidente Andrés Manuel López Obrador debe continuar o terminar anticipadamente su mandato.
Los diputados dieron su aprobación a esta ley reglamentaria con 290 votos a favor y 195 en contra, por lo que turnaron el dictamen al Poder Ejecutivo federal para su promulgación.
En la sesión plenaria, la mayoría de los diputados –encabezada por el grupo parlamentario del partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena)— ya no incorporaron las 78 reservas que presentaron los legisladores de oposición y confirmaron en los mismos términos el dictamen que anteriormente les turnó el Senado de la República.
En este sentido, el proceso de revocación de mandato planteará la siguiente pregunta a consideración de los ciudadanos que decidan participar.
“¿Estás de acuerdo en que a (nombre), presidente de los Estados Unidos Mexicanos, se le revoque el mandato por pérdida de la confianza o siga en la Presidencia de la República hasta que termine su periodo?”
El bloque de oposición, integrado por diputados de los partidos Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI) y de la Revolución Democrática (PRD), manifestaron su desacuerdo con el argumento de que la pregunta no corresponde a una figura de revocación de mandato, ya que en realidad plantea dos ideas: una de revocación y otra de confirmación.
Además, la pregunta aprobada no facilita contestar con una respuesta sencilla y definitiva que debe ser “sí” o bien “no”.
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La Ley Federal de Revocación de Mandato establece que el Instituto Nacional Electoral (INE) tendrá a su cargo la organización, desarrollo y cómputo de la votación, lo que incluye consejos y juntas ejecutivas locales y distritales que correspondan.
Asimismo, la consulta para revocación de mandato se realizará a petición de los ciudadanos, que cuando menos representen a 3% de la lista nominal de electores, que procedan de 17 estados y que además representen a 3% de la lista nominal de cada una de esas entidades federativas.
Otra posibilidad es que el mismo presidente de la República en turno proponga la consulta, pero dentro de los tres meses posteriores al tercer año de gobierno.
Si el día de la consulta participa cuando menos 40% de las personas inscritas en la lista nominal de electores, el resultado de la consulta tendrá que ser vinculatorio para el presidente en turno, es decir que si los electores votan en contra del mandatario, este tendrá que retirarse.
La consulta de revocación deberá celebrarse 90 días después de que se publique la convocatoria, en una fecha que no coincida con elecciones federales ni locales.
GC





