La Cámara de Diputados aprobó con mayoría calificada en lo general y particular las reformas constitucionales para crear la Guardia Nacional, que tendrá dirección civil y una Junta de Jefes de Estado Mayor, integrado por los secretarios de Seguridad, Defensa Nacional y Marina-Armada de México. Tras un largo debate de más de nueve horas, el dictamen para crear la Guardia Nacional que estará adscrita a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, fue turnado al Senado de la República para su eventual aprobación. Los legisladores avalaron los 13 artículos constitucionales en lo particular con 348 votos a favor, 108 en contra y 10 abstenciones, mientras que en lo general se aprobó con 362 votos en pro, 119 en contra y cuatro abstenciones, estas últimas de los morenistas Tatiana Cloutier, Lidia García Ayala y Hugo Rafael Ruiz Lustre, así como el diputado de Encuentro Social, Ernesto Vargas. Mientras que los cinco diputados del Partido de la Revolución Democrática (PRD) que votaron a favor del dictamen en lo general fueron Héctor Serrano, Mauricio Toledo, Emmanuel Reyes, Estefanía Rosas y Raymundo García. El Partido Revolucionario Institucional (PRI) puso 42 votos a favor del dictamen, tras fijar su postura de que son una oposición responsable y no actuarán con mezquindad ni a regatear nada en un tema tan sensible como la seguridad. El dictamen, tras las audiencias públicas y avalado por el pleno, establece que la Federación contara con una institución policial de carácter y dirección civil denominada Guardia Nacional. Precisa que la institución será responsable de las tareas de seguridad pública para la salvaguarda de la vida, la libertad, la integridad y el patrimonio de las personas, la preservación de los bienes y recursos de la nación, así como la colaboración con las entidades federativas en los objetos anteriores. La ley determinará la estructura orgánica de la Guardia Nacional adscrita a la secretaría del ramo de seguridad y que tendrá una Junta de Jefes de Estado Mayor integrada por las dependencias de Seguridad, Defensa Nacional y Marina. Asimismo, señala que la formación y el desempeño de los integrantes de la Guardia Nacional se regirán por una doctrina policial fundada en la disciplina, el acatamiento de las órdenes superiores, el respeto a los derechos humanos y la perspectiva de género en el ejercicio de sus funciones. Además, establece plazo para que dentro de los 90 días siguientes a la entrada en vigor de esta reforma, el Congreso expedirá la Ley de la Guardia Nacional. También dentro de los 120 días siguientes a la entrada en vigor del decreto, el Congreso de la Unión expedirá las leyes que reglamenten el uso legítimo de la fuerza y el registro nacional de detenciones. El documento establece que los delitos cometidos por elementos de la Guardia Nacional, en el ejercicio de las funciones de la misma, serán conocidos por la autoridad civil competente, en tanto que las faltas y delitos contra la disciplina militar serán conocidos por las autoridades y tribunales militares que correspondan. Los detenidos deberán ser puestos a disposición en instalaciones de las autoridades que correspondan. El Ministerio Público y las instituciones policiales de los tres órdenes de gobierno deberán coordinarse entre sí para cumplir los objetivos de la seguridad pública y conforman el Sistema Nacional de Seguridad Pública. El cual estará sujeto al establecimiento de un sistema nacional de información en seguridad pública al que las entidades federativas y los municipios, a través de sus órganos de policía, deberán suministrar la información de que dispongan en la materia conforme a la ley. El sistema contendrá también la base de datos criminalísticos y de personas para las instituciones de seguridad pública. Ninguna persona podrá ingresar a las instituciones de seguridad si no ha sido debidamente certificada y registrada en dicho sistema. La Guardia Nacional se constituirá con los elementos de las policías Federal, Militar y Naval que determine en acuerdos de carácter general el Ejecutivo federal.   (Con información de Notimex) erc