La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reservó por cinco años información referente a la adquisición de vacunas contra el Covid-19, pues “su difusión podría poner en riesgo la seguridad nacional, al obstaculizar el combate a la pandemia”.
De acuerdo con el Máximo Tribunal, la determinación no impide divulgar una versión pública, en la que se apreciaran los aspectos que no fueron materia de la reserva o constituyeran información confidencial (datos personales y secreto comercial).

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Cabe mencionar que lo anterior fue establecido en la sesión de hoy, en la que el Pleno resolvió que son fundados dos recursos de revisión en materia de seguridad nacional previstos en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, promovidos por la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, en contra de las resoluciones de 27 de mayo y 9 de junio de 2021, emitidas por el INAI, al resolver a su vez diversos recursos de revisión.
En dichos recursos, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), ordenó a la Secretaría de Salud, entre otros aspectos, entregar la versión pública de los contratos de compra realizados con las farmacéuticas AstraZeneca, Serum, Pfizer, CanSinoBIO, Sinovac y Sputnik, así como con el mecanismo COVAX, mientras que los aspectos relativos a las condiciones esenciales de dichos contratos serían reservados sólo por dos años.
Las resoluciones del INAI se ocuparon de los mismos aspectos que fueron analizados el 16 de mayo de 2022 por La Corte, en el recurso de revisión en materia de seguridad nacional previsto en la Ley de Transparencia, en el que consideró que la divulgación de las condiciones esenciales de esos contratos sí podía poner en riesgo la seguridad nacional.
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Por este motivo, determinó que la información debía ser clasificada como reservada por un periodo de cinco años, sin que ello impidiera divulgar una versión pública
El Pleno también consideró infundados los argumentos de la Consejería recurrente, relativos a la entrega de información del mecanismo COVAX, pues al respecto existe una versión pública ya difundida, elaborada por la Secretaría de Relaciones Exteriores, la cual es exactamente igual a la ordenada por el INAI y, por tanto, los datos solicitados ya son públicos.
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