La Suprema Corte de la Nación (SCJN) alista responder a una exempleada doméstica que: a pesar de que trabajó durante 50 años no es anticonstitucional que nunca fuera afiliada al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), o que recibiera aguinaldo, vacaciones, tiempo extra acumulado y prima de antigüedad. De acuerdo con lo reportado por el diario El Universal, el ministro Alberto Pérez Dayán preparó una respuesta en la que se contempla que quienes emplean a trabajadores domésticos no están obligados a inscribirlos al IMSS. No obstante, sí son responsables de los riesgos y enfermedades que puedan sufrir sus trabajadores durante las horas de servicio.
“El esquema de aseguramiento para los empleados domésticos comprende las prestaciones en especie de ‘los seguros de riesgos de trabajo y de enfermedades y maternidad y las correspondientes de los seguros de invalidez y vida, así como de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez’”, dicta el texto citado por el diario.
Hasta el momento, hay personas que patrones que sí inscriben a sus trabajadores al IMSS de manera voluntaria, sin embargo esto implica que haya una gran tasa de informalidad, al grado que llega a 98.4 por ciento, por arriba de la media nacional en otros sectores que alcanza el 57.2 por ciento. Esto, a pesar de que en 2011 el Estado mexicano firmó el Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que exige la equiparación de derechos de los empleados domésticos con los del resto de asalariados. Datos del mismo organismo, indican que México es el país con menor porcentaje de cobertura contributiva de los sistemas de seguridad social para las personas trabajadoras del hogar en América Latina. Para 2014, la tasa de cobertura de estos empleados en Argentina era del 25.5 por ciento, en Uruguay del 43.2 por ciento y en México era del 0.1 por ciento.   (Con información de El Universal y Forbes)