El dictamen aprobado este lunes en comisiones de la Cámara de Diputados está encaminado a regular el mercado de cannabis en el país, lo que incluye la autorización para el uso personal con fines lúdicos.
La noche de ayer, las comisiones de Justicia y de Salud sometieron a votación el dictamen que prevé la creación de la Ley Federal para la Regulación del Cannabis y una serie de reformas a la Ley General de Salud y al Código Penal Federal.
Cumplido el debate y la votación, el dictamen fue turnado a la Mesa Directiva para someterlo a consideración del pleno, lo que se espera que sucederá esta misma semana.
Entre los puntos principales que contiene esta legislación destacan los siguientes:
- Se despenaliza el consumo personal y se permite la portación de hasta 28 gramos por persona.
- Quien tenga una cantidad mayor a 28 gramos y hasta 200 gramos será responsabilizado de cometer una falta administrativa y deberá pagar una multa de entre 60 y 120 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
- Los usuarios podrán tener en sus hogares hasta 6 macetas de marihuana para consumo personal o bien hasta 8 macetas si se trata de más de una persona.
- Se prohíbe el consumo en áreas de trabajo de empresas y gobierno
- Los consumidores tendrán que pedir una licencia para tener esas plantas; las licencias se concederán solo 1 por hogar y por un plazo de 1 año.
- El Consejo Nacional contra las Adicciones (Conadic) se encargará de otorgar los permisos de producción, distribución, comercialización y venta final de cannabis en el país.
- En aras de resarcir a comunidades indígenas, comunidades agrarias y comunidades marginadas por la prohibición anterior para cultivar cannabis, tendrán derecho a recibir más de una licencia.
- Se agregó la definición de cáñamo o cannabis no sicoactivo cuyo contenido de tetrahidrocannabinol (THS) es menor a 1%
- Se permite la importación de concentrados de cannabis sicoactivo para vaporización o uso similar, incluidos aquellos para uso en sistemas electrónicos o alternativos de administración de sustancias inhaladas, cigarros electrónicos, dispositivos de calentamiento, vaporizadores y vapeadores.
- Los consumidores de uso lúdico podrán crear clubes de cannabis en los que podrán cultivar la planta y tendrán permitido poseer cuatro plantas por persona y, en total, no podrán exceder de 50.
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GC





