La Comisión para la Cooperación Ambiental (CCA) recibió a trámite una queja contra las autoridades mexicanas, por su actuación omisa ante la contaminación atmosférica que genera la Refinería Ing. Héctor R. Lara Sosa de Petróleos Mexicanos (Pemex), conocida como la Refinería de Cadereyta, en el estado de Nuevo León.

La queja la presentó un ciudadano mexicano, cuya identidad no fue revelada, conforme al Capítulo 24 –relativo al medio ambiente— del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC).

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La CCA –un organismo ambiental integrado por los tres países firmantes del T-MEC— informó este martes en un comunicado que el quejoso señala a las autoridades mexicanas de incumplir con sus funciones de atender la contaminación del aire, que producen las operaciones de la Refinería de Cadereyta.

“De acuerdo con el peticionario, México incurre en omisiones en la aplicación efectiva de su legislación ambiental, respecto del manejo de emisiones al aire, ya que la contaminación atmosférica resultante procedente de la planta en cuestión afecta al área metropolitana de Monterrey, cuya población asciende a siete millones de habitantes”, refirió la CCA en su comunicado.

Además, en los últimos cinco años, los niveles de contaminación han empeorado, a pesar de los reportes y denuncias que han presentado ciudadanos de la región y las autoridades estatales.

De esta manera, México desobedece a su propia legislación ambiental, plasmada en la Constitución Política, la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, la Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector de Hidrocarburos y la Ley de Responsabilidad Ambiental, entre otras leyes, según la acusación.

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Una vez recibida la queja del interesado, el Secretariado de la CCA tiene 30 días para revisarla y determinar si amerita una respuesta de partes, informó el comunicado.

Si el Secretariado decide que sí se requiere una respuesta de las partes involucradas, en este caso del gobierno mexicano, entonces enviará una copia de la petición del quejoso, así como información complementaria.

La parte acusada –el gobierno mexicano— tendrá entonces un plazo de 60 días para dar su respuesta sobre la acusación, la cual puede consistir en explicar si ha emprendido acciones para atender el asunto en particular o si actualmente el asunto es objeto de un procedimiento judicial o administrativo pendiente de resolverse, en cuyo caso, el Secretariado no continuará adelante.

GC