El Senado de la República aprobó esta madrugada la Ley Federal de Revocación de Mandato que establece mecanismos para llevar a cabo una consulta a la ciudadanía sobre la continuidad del Presidente.
“La Cámara de Senadores aprobó, en lo general y en lo particular, el dictamen por el que se expide la Ley Federal de Revocación de Mandato, cuyo objetivo es regular este ejercicio de participación ciudadana”, informó la Cámara Alta en un comunicado.
En una sesión que duró más de 10 horas y concluyó cerca de las 2:30 horas, el pleno avaló con 101 votos a favor y dos en contra, las modificaciones a 29 artículos del dictamen, así como la inclusión de un capítulo sobre sanciones y cambios al régimen transitorio del proyecto de decreto.
“De esta manera, se precisa que la ley tendrá por objeto regular y garantizar el ejercicio del derecho político de las y los ciudadanos a solicitar, participar, ser consultados y votar por la revocación del mandato de la persona que resultó electa popularmente como titular de la Presidencia de la República”.
Este referendo se llevará a cabo “mediante sufragio universal, libre, secreto, directo, personal e intransferible”.
“Se alcanzaron los consensos para formular la pregunta y el proyecto fue enviado a la Cámara de Diputados como cámara revisora”, puntualizó el Senado.
Modifican la pregunta de la Revocación de Mandato
El dictamen votado en contra por los senadores Gustavo Madero Muñoz y de Emilio Álvarez Icaza se aprobó luego de que se modificara la pregunta que se realizará a la ciudadanía.
El cuestionamiento para este ejercicio será:
“¿Estás de acuerdo en que (nombre), presidente/a de los Estados Unidos Mexicanos, se le revoque el mandato por pérdida de confianza o que siga en la Presidencia de la República hasta que termine su periodo?”.
Cabe mencionar que, la ley aprobada ahora dispone que el INE tendrá a su cargo, en forma directa, la organización, desarrollo y cómputo de la votación.
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Para arrancar con este referendo se necesitaría la petición de un número equivalente de ciudadanos de un mínimo de 3% de los inscritos en la lista nominal de electores y distribuidos en, al menos, 17 estados.
“Dicho ejercicio democrático, sugiere el proyecto, podrá solicitarse por una sola ocasión, durante los tres meses posteriores a la conclusión del tercer año del periodo constitucional de quien ostente la titularidad del Ejecutivo Federal”, especifica la ley.
Además, el dictamen establece que queda prohibido el uso de recursos públicos para la recolección de firmas, así como con fines de promoción y propaganda relacionados con los procesos de revocación de mandato.
En este sentido, será el INE el encargado de sancionar estas conductas.
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Para que sea vinculatorio para el presidente, la participación debe ser de al menos 40% de la lista nominal de electores.
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