Muchos niños son desplazados o refugiados en otros países, y son particularmente vulnerables a la trata y al trabajo infantil.Al respecto, la OIT destacó la necesidad de intensificar y acelerar los esfuerzos para erradicar esa práctica, incluso en las zonas afectadas por los conflictos y los desastres. Entre los objetivos está “asegurar la prohibición y eliminación de las peores formas de trabajo infantil, incluidos el reclutamiento y la utilización de niños soldados, y, a más tardar en 2025, poner fin al trabajo infantil en todas sus formas”. En México, la tasa de ocupación de la población de cinco a 17 años es de 8.4 por cada 100 niñas y niños en ese rango de edad, lo que corresponde a dos millones 475 mil 989 infantes que realizan alguna actividad económica. De acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), del total de menores ocupados, 69.8 por ciento son niños y 30.2 por ciento son niñas, lo que representa una tasa de 11.5 ocupados por cada 100 niños y 5.2 ocupadas por cada 100 niñas. Los principales motivos por los cuales los menores de edad realizan algún trabajo económico son para pagar su escuela y/o sus propios gastos, por gusto o sólo por ayudar y porque el hogar necesita de su trabajo. De las niñas, niños y adolescentes ocupados, 42.5 por ciento no recibe un ingreso, seguidos por aquellos que reciben hasta un salario mínimo (28.8 por ciento) y solamente 7.5 por ciento perciben ingresos mayores a dos salarios mínimos. Los infantes que trabajan, lo hacen principalmente en actividades agrícolas, ganaderas, forestales, caza y pesca; en la minería, la construcción y como comerciantes. El trabajo infantil prohibido en el derecho internacional queda comprendido en tres categorías: Las formas que internacionalmente se definen como esclavitud, trata de personas, servidumbre por deudas y otras formas de trabajo forzoso, reclutamiento de niños para utilizarlos en conflictos armados, prostitución y pornografía. Además de un trabajo realizado por un niño que no alcanza la edad mínima especificada para ese tipo de empleo y que, por consiguiente, impida probablemente la educación y su pleno desarrollo. Así como un trabajo que ponga en peligro el bienestar físico, mental o moral del infante, ya sea por su propia naturaleza o por las condiciones en que se realiza, y que se denomina “trabajo peligroso”.