“Se establecen mecanismos de orientación para facilitar la suscripción de dichos convenios, en el entendido de que el importe inicial a cubrir será del 20 por ciento de la cuota patronal y del 100 por ciento de la obrera”, se lee en el comunicado publicado por el Instituto la noche del lunes.
El diferimiento de pagos tendrá su costo, sin embargo. Dado que las cuotas se estarían pagando fuera de los plazos legales, generarán actualizaciones y recargos. La tasa de interés mensual por el diferimiento oscilará entre el 1.26% y el 1.82% dependiendo de sí el plazo es de 12, 24 o más de 24 meses. Se podrán descontar hasta siete días de los pagos de cuotas por ausentismo, y los días de la Emergencia Sanitaria (del 31 de marzo en adelante) “se definieron como días inhábiles para la práctica de actuaciones, diligencias, audiencias, notificaciones o requerimientos”. Las medidas de contingencia contra la epidemia del coronavirus pararon en seco la mayor parte de la actividad económica en el país. Con las calles semivacías y una porción considerable de los negocios y empresas de todos tamaños en inactividad, representantes de la iniciativa privada solicitaron al gobierno federal prórrogas para el pago de sus cuotas al IMSS, entre otras obligaciones fiscales. El diferimiento de pagos es una medida de emergencia, pero está contemplada en la Ley del Seguro Social (artículos 40-C y 40-D). Te puede interesar: 62% de trabajadores desempleados por coronavirus no tendrán seguridad social: IMSS cachEl H. Consejo Técnico del #IMSS difunde instrumentos legales y administrativos para facilitar pago de cuotas obrero-patronales 👉 https://t.co/fz7fV486wz#SanaDistancia #IMSSolidario #COVID19 #QuédateEnCasaYa #MéxicoUnido pic.twitter.com/qHu3ggKPvc
— IMSS (@Tu_IMSS) April 14, 2020





