“Si Pemex decide impugnar y se le concede el amparo, durante el tiempo que se tramite el mismo no tendría que pagar, sí el poder judicial decide que el amparo es legal tendrá que pagar inmediatamente”, aseveró Palacios.Detalló que la Ley señala que ante incumplimiento se determine una multa de hasta 8% de los ingresos totales de la empresa; no obstante, a Pemex la comisión determinó que la multa fuera menor a ese porcentaje. Es importante recordar que en septiembre de 2016, la división de Transformación Industrial de la empresa productora del estado presentó seis compromisos para suprimir cualquier trato discriminatorio en las ventas de primera mano y comercialización de diésel marino especial, medida que extendió a otros combustibles como gasolinas, gas LP, turbosina, etc. De estas promesas, la primera que refería al otorgamiento de beneficios en forma discrecional a los distintos compradores de sus petrolíferos no fue cumplida, así como otros dos compromisos más, por lo cual el regulador tomó la decisión de emitir la multa.





