La Comisión Nacional de Energía (CNE) publicó un acuerdo en el cual dispone que las pipas o carrotanques que transportan petrolíferos, gas licuado y petroquímicos en territorio nacional deberán portar un código QR, como un mecanismo de control.

El código QR tendrá que utilizarse además del Sistema de Posicionamiento Global (GPS), que también deben tener las mencionadas unidades transporte terrestre, refiere el acuerdo publicado este martes en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

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“Si bien es obligación de contar con un GPS está vigente en los títulos de permiso para las actividades de transporte por medios distintos a ducto de petrolíferos, es necesario establecer mecanismos eficientes para su verificación, seguimiento, con el objeto de tener control operativo y trazabilidad de los hidrocarburos en dichas actividades”, refiere el acuerdo.

De esta manera, los permisionarios que tengan pipas o carrotanques tendrán que solicitar a la CNE el código QR para colocárselo a sus vehículos.

El acuerdo de las “Disposiciones administrativas de carácter general que establecen los lineamientos para el balizado y requerimientos técnicos y de interoperabilidad que debe cumplir el sistema de posicionamiento global de unidades vehiculares registradas en los permisos de transporte y distribución por medios distintos a ductos de petrolíferos, gas licuado de petróleo y petroquímicos” entrará en vigor a partir de mañana.

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Los permisionarios para transporte y distribución de derivados del petróleo tendrán que cumplir las reglas de balizado de sus vehículos establecidas por la CNE, las cuales incluyen una calcomanía autoadherible con un código QR.

El código deberá permitir la visualización de la siguiente información: nombre o razón social del permisionario, número y tipo de permiso, productos autorizados para su transporte o distribución, vigencia del permiso, estado operativo de la unidad, matrícula de la unidad, vigencia de los seguros, origen y destinos de las rutas autorizadas, lista de las unidades vehiculares vigentes asociadas al permiso, número de identificación vehicular, nombre y licencia del conductor, carta porte que ampare la procedencia lícita de la mercancía y cantidad de la mercancía transportada.

Con esta información se podrá verificar la legítima propiedad, posesión y procedencia los hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos transportados, así como la vigencia de los permisivos y la trazabilidad de los productos transportados, justifica el acuerdo.

El acuerdo completo de la CNE puede consultarse aquí.

GC