El Senado de la República aprobó la reforma constitucional que limita los montos de las pensiones y jubilaciones que pueden otorgar las entidades del gobierno federal a su personal en retiro, con lo que dejarán de pagarse las llamadas “pensiones millonarias” o “pensiones doradas”.

El dictamen recibió 116 votos a favor de los senadores de todos los partidos políticos, con lo que será turnado a la Cámara de Diputados para continuar con su trámite legislativo.

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Con esta reforma —que modifica el artículo 127 constitucional—, ningún servidor público del ámbito federal —secretarías de estado, organismos autónomos, empresas públicas, banca de desarrollo, entre otras instancias— podrá jubilarse con una pensión mayor al 50% del sueldo que perciba el presidente de la República en turno.

Si bien los senadores de la oposición votaron a favor del proyecto, también manifestaron sus dudas sobre la posibilidad de que la reforma pudiera aplicarse de manera retroactiva, lo que constituye una violación a la ley y una falta a los principios de certeza jurídica.

Luis Donaldo Colosio Riojas, de Movimiento Ciudadano (MC), advirtió que la posible aplicación retroactiva de la reforma puede ser injusta para quienes ya estén en pleno disfrute de su pensión por jubilación, desde hace varios años, aunque el monto pueda ser superior a la mitad del sueldo de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo.

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Sin embargo, senadores del oficialismo, como Óscar Cantón Zetina, manifestaron que las reformas constitucionales como esta no se someten al principio de no retroactividad, además de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha generado jurisprudencia, en el sentido de que se puede modificar la temporalidad en la aplicación de una reforma constitucional si es que involucran recursos públicos.

GC