La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que Ticketmaster debe informar de manera clara y precisa las condiciones de la prestación de sus servicios a sus clientes, ya que el hecho de tenerlas publicadas en sus sitios de internet no garantizan que los consumidores las conozcan.
La Primera Sala del Máximo Tribunal del país concedió la razón a un quejoso que demandó a Ticketmaster por no informarle con precisión sobre las condiciones de un cobro y la entrega de unos boletos adquiridos originalmente vía electrónica.
Te puede interesar: ¿Comprarás boletos en Ticketmaster? Cuídate de estas estafas
El quejoso acordó con Ticketmaster recoger los boletos presencialmente en un establecimiento físico, en donde el personal le pidió como parte del proceso de compra que hiciera un pago adicional de 10 pesos por cada boleto adquirido.
El cliente se sorprendió de este último cargo, ya que no le fue informado cuando hizo la compra en línea. Al querer pagar con la misma tarjeta bancaria con la cual hizo la compra en línea, el sistema no pudo hacer el cobro por razones ajenas al cliente.
El quejoso propuso al personal de Ticketmaster hacer el pago adicional con otro medio de pago, pero le fue negada su oferta y se le exigió que se hiciera con la misma tarjeta.
Ante la imposibilidad técnica de hacer el pago adicional, el cliente perdió sus boletos y tampoco se le devolvió el dinero que ya había pagado en línea.
Inconforme por la conducta de Ticketmaster, el cliente acudió a tribunales para demandar a la compañía por cobrarle sin entregarle los boletos.
Te puede interesar: INAI inicia investigación de oficio por hackeo a Ticketmaster
En primera instancia y luego en Tribunal Colegiado, el quejoso no pudo convencer a los juzgadores sobre la validez de sus argumentos, ni del perjuicio que le causó la empresa. Los juzgadores determinaron que la responsabilidad fue del quejoso, por no sujetarse a las condiciones de servicio, publicadas en el sitio de internet de la empresa de boletaje.
Sin embargo, al llegar el caso al Máximo Tribunal del país, los ministros de la Primera Salda consideraron que Ticketmaster sí es responsable por no garantizar que sus políticas de prestación de servicios a los consumidores estén visibles y suficientemente claras para la tranquilidad de las partes.
Además, los ministros consideraron que el hecho de que las reglas estén publicadas en algún lugar del sitio de internet, no implica necesariamente que los consumidores las hayan aceptado.
Te puede interesar: Ticketmaster deberá reembolsar boletos si cancelan artistas anunciados en festivales
“Primera Sala reflexionó que, conforme a la legislación en materia de protección al consumidor, un requisito de validez de los contratos de adhesión —como el analizado— es que su contenido sea claro y esté a la vista del consumidor.
“De esta manera, al analizar el caso planteado, el Alto Tribunal deliberó que para considerar que el solicitante de amparo incumplió con las obligaciones impuestas por las políticas publicadas en la página de internet de la empresa demandada, era necesario tener certeza de que al manifestar su consentimiento, es decir, al realizar la compra de los boletos, estuvo en posibilidad de tener a la vista esas políticas y, por lo tanto, conocer el contenido y alcance de las obligaciones que estaba asumiendo, lo que no aconteció”, refirió la SCJN en un comunicado, en el que dio a conocer su sentencia.
Como resultado, la Primera Sala de la SCJN revocó la sentencia al Tribunal Colegiado y devolvió el expediente para que esta instancia vuelva a elaborar otra resolución, ahora con los criterios de la Corte.
GC