La acción de inconstitucionalidad que interpusieron legisladores federales contra la reforma que creó el Fondo de Pensiones para el Bienestar fue aceptada a trámite en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), pero no logró obtener la suspensión de la entrada en vigor del decreto sobre la reforma.

De esta manera, el recurso de inconstitucionalidad seguirá en proceso de evaluación en el Alto Tribunal hasta alcanzar sentencia, pero el acto reclamado, que es el decreto que publicó la reforma de pensiones continuará en proceso de aplicación.

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Loretta Ortiz Ahlf fue la ministra que recibió la acción de inconstitucionalidad de un grupo de diputados de oposición, pero rechazó la petición de los promotores para conceder la suspensión de los efectos legales.

Como se recordará, la mencionada reforma —que se aprobó en abril y entró en vigor el 1 de mayo— creó el Fondo de Pensiones para el Bienestar, el cual servirá para garantizar pensiones de 100% el último salario a los trabajadores que empezaron a laborar después del 1 de julio de 1997.

Sin embargo, la reforma establece que, en aras de abrir el nuevo Fondo, se tomarán los recursos de las cuentas abandonadas de las Administradoras de Fondos de Ahorro para el Retiro (Afore), que pertenezcan a trabajadores de más de 70 años y que no hayan reclamado su dinero.

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Este último aspecto es el motivo por el cual los diputados de los partidos Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI) y de la Revolución Democrática (PRD) impugnaron la reforma, porque consideraron que se “confiscan” indebidamente los recursos de las cuentas de Afore inactivas.

Asimismo, los quejosos solicitaron como medida cautelar la suspensión del decreto, porque consideraron que se privará a los  trabajadores de sus recursos.

Sin embargo, en su respuesta, Loretta Ortiz argumentó que en este caso no aplica la suspensión del acto reclamado, porque este beneficio legal solo procede cuando se provoquen daños irreversibles a los derechos de los afectados, en este caso los trabajadores de más de 70 años con cuentas de Afore no reclamadas.

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Loretta Ortiz también argumentó que el decreto establece que el Fondo de Pensiones para el Bienestar creará reservas de dinero específicas, para devolver a los trabajadores los recursos de las cuentas de Afore inactivas, por lo que sus derechos están preservados.

Además, la ministra recuerda que la creación y operación del Fondo de Pensiones para e Bienestar involucró reformas a diversas leyes de la seguridad social y de pensiones, por lo que la suspensión afectará a varias instituciones del Estado mexicano.

Mientras la SCJN analiza la acción de inconstitucionalidad de los diputados de oposición, el gobierno federal avanza en la puesta en operación de la reforma.

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La semana pasada quedó instalado el Comité Técnico del Fondo de Pensiones para el Bienestar, que también celebró su primera sesión, además de que las 10 Afore existentes en el país han comenzado a transferir los recursos de las cuentas inactivas.

El objetivo del gobierno federal consiste en jubilar, a partir del 1 de julio, a los primeros trabajadores que se beneficiarán del Fondo de Pensiones para el Bienestar, el cual les aportará un “complemento solidario” para que puedan retirarse con una mensualidad equivalente 100% a su último salario.

GC