La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) y el Servicio de Administración Tributaria (SAT) hicieron un exhorto al sector privado a no abusar de la figura de prestación de obras o servicios especializados, al recordar que la figura de subcontratación de personal o “outsourcing” quedó eliminada de la legislación mexicana.

Derivado de la reforma laboral de 2021, la ley prohíbe a las empresas y a las entidades de gobierno la subcontratación de personal y solo permite la firma de contratos de servicios u obras especializadas, únicamente para aquellas labores que no tengan relación con el objeto social o actividad preponderante del centro de trabajo de que se trate.

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“Se reitera a las personas físicas y morales que contraten servicios u obras especializadas a que realicen dicha contratación exclusivamente con empresas que cuenten con un registro vigente en el padrón del Registro de Prestadores de Servicios Especializados u Obras Especializadas (Repse)”, solicitaron la STPS y el SAT en un comunicado.

Las dependencias recordaron que las empresas que hagan uso de las prestadoras de obras y servicios especializados solo podrán acudir a las que estén debidamente registradas, además de que el contrato entre la emprresa solicitante y la prestadora de servicios externos debe tener el folio de registro de esta última, así como la cantidad aproximada de trabajadores que estarán involucrados.

También exhortaron a que las empresas contratantes acudan únicamente a las prestadoras de obras y servicios especializados para aquellas labores complementarias, que no tengan que ver con su actividad principal, porque de lo contrario caerán en fraude a la ley y también en un fraude fiscal.

El SAT y la STPS advirtieron a las prestadoras de obras y servicios especializados que si operan en el mercado nacional sin estar dadas de alta en el Repse constituye un delito, así como tener el registro pero sin cumplir debidamente las obligaciones fiscales y el pago de la seguridad social de los trabajadores que tienen a su cargo.

Igualmente es un delito no cumplir con las especificaciones de ley sobre cómo debe funcionar la figura de obras y servicios especializados.

Este tipo de conductas constituye un delito de defraudación fiscal.

Asimismo, la STPS y el SAT advirtieron a las empresas que contraten a las prestadoras de obras y servicios especializados que caigan en falta a la ley, que los pagos que hagan a esas proveedoras no podrán ser deducibles de impuestos.

Todas estas prácticas pueden sancionarse con multas de que van de 2,000 a 50,000 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

GC