El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dejó en claro que los jóvenes mayores a 18 años que no se inscriban al Registro Federal de Contribuyentes (RFC) no serán sancionados.

Con la Miscelánea Fiscal 2022 se aprobó el RFC obligatorio para mayores de 18 años. La incorporación y la obtención, en conjunto, de la e.firma (firma electrónica), no implica que estén obligados a pagar contribuciones ni a presentar declaraciones, a menos que ya realicen alguna actividad económica, aseguró en un comunicado.

Además, de acuerdo con lo aprobado por el Congreso de la Unión, ningún joven será sancionado por no registrarse ante el SAT.

“Esta institución tiene muy claro que la transición del registro llevará cierto tiempo y durante este lapso no habrá penalidades, ni multas, ni sanciones”, sostuvo.

El brazo fiscalizador de Hacienda que comanda Raquel Buenrostro señaló que, con esta propuesta, el SAT busca incorporar al RFC a los jóvenes mayores de 18 años con la finalidad de introducirlos a la cultura contributiva, pero sobre todo, protegerlos del robo de identidad, ya que las empresas fantasma los utilizan como prestanombres.

“Al contar con su RFC y su firma electrónica, los jóvenes recibirán avisos en los medios de contacto que den de alta (correo electrónico), en caso de que su identidad haya sido utilizada por dichas empresas”.

Además, añadió, la Secretaría de Educación Pública solicita el RFC y la firma electrónica para poder emitir las cedulas profesionales de los recién graduados y titulados.

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De acuerdo con el SAT, estos son los beneficios de estar dado de alta:

● Se asegura su identidad fiscal.

● Pueden realizar trámites y servicios comprobando su identidad digitalmente.

● El SAT protege sus datos y se combate la corrupción al prevenir el robo de identidad.

● La e.firma (firma electrónica) es un archivo seguro, cifrado y tiene la validez de una firma autógrafa.

Si los jóvenes ya estaban inscritos en el RFC y no trabajan, deben verificar que estén registrados como: “Inscripción de personas físicas sin actividad económica”, en el Portal del SAT, para no generar obligación fiscal.

El link es https://www.sat.gob.mx/aplicacion/login/43824/reimprime-tus-acuses-del-rfc. Ahí deben revisar su Constancia de Situación Fiscal y revisar que en la sección Régimen mencione: “Sin obligaciones fiscales”.

En caso de no poder ingresar a este link por su falta de Contraseña, se sugiere solicitarla en SAT ID https://satid.sat.gob.mx/.

“Finalmente, es importante aclarar que los jóvenes que se inscriban al RFC sin actividad económica no están obligados a pagar impuestos ni a presentar declaraciones informativas, mensuales o anuales; tampoco a dar avisos, a menos que cambien de régimen e inicien actividad; mientras tanto, el SAT no aplicará ningún tipo de sanciones o cobro de impuestos por ello”.