El proceso de revisión del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) puede incorporar un balance sobre la aplicación de las disposiciones laborales del acuerdo comercial, por lo que las empresas que exportan o forman parte de las cadenas de suministro de América del Norte tendrán que reforzar el cumplimiento de sus obligaciones en esta materia para reducir riesgos legales y comerciales.
La revisión conjunta del T-MEC comenzó el 1 de julio y continuará durante los próximos meses. Aunque México y Canadá manifestaron su disposición para extender la vigencia del acuerdo por otros 16 años, Estados Unidos no respaldó esa decisión. Como resultado, el Tratado permanecerá en vigor, pero estará sujeto a revisiones anuales durante los próximos 10 años.
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Según un análisis del despacho jurídico De la Vega & Martínez Rojas, esta etapa representa una oportunidad para que las compañías revisen sus políticas laborales y corrijan posibles incumplimientos antes de que se conviertan en controversias con efectos sobre sus operaciones comerciales.
El T-MEC dedica el Capítulo 23 a la protección de los derechos laborales en los tres países. Además, incorpora dos anexos relativos a los Mecanismos Laborales de Respuesta Rápida entre México y Estados Unidos, y entre México y Canadá. Estos instrumentos permiten atender controversias laborales en empresas que participan en el comercio regional.
Un aspecto relevante es que dichos mecanismos son unidireccionales. Esto significa que Estados Unidos y Canadá pueden presentar casos contra empresas establecidas en México cuando consideren que existen violaciones a determinados derechos laborales, pero nuestro país no puede hacer lo mismo sobre empresas en Estados Unidos o Canadá.
Qué conviene revisar desde ahora
Los Mecanismos Laborales de Respuesta Rápida se concentran principalmente en la protección de los derechos colectivos, como la libertad sindical, la negociación colectiva auténtica, la legitimación de contratos colectivos y la garantía de que los trabajadores puedan elegir libremente a sus representantes, sin injerencia del patrón.
Ante este escenario, el despacho recomienda que las empresas den seguimiento puntual a la revisión del T-MEC y a las discusiones que surjan en materia laboral.
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También resulta conveniente verificar que las relaciones sindicales se ajusten al marco legal, conservar evidencia documental de los procesos de negociación colectiva, atender con rapidez cualquier inconformidad de los trabajadores y fortalecer la coordinación entre las áreas de recursos humanos, relaciones laborales, jurídica y comercio exterior.
El análisis también prevé que durante este proceso pueden aumentar las exigencias en aspectos como salarios, capacitación sobre derechos laborales y supervisión del cumplimiento de los proveedores.
Una controversia bajo el T-MEC no sólo puede derivar en consecuencias laborales, sino también afectar exportaciones, operaciones y cadenas de suministro.
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Desde esa perspectiva, el despacho concluye que una estrategia preventiva permitirá a las empresas disminuir contingencias y ofrecer mayor certidumbre a clientes y socios comerciales en América del Norte.
GC





