El Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones negó la suspensión definitiva a Afore Azteca, contra la disposición oficial que establece un tope a las comisiones que se cobrarán a los trabajadores por la gestión de sus ahorros y que para 2022 se fijaron en 0.57%.

Por lo anterior, Afore Azteca tendrá que cumplir como las demás Administradoras de Fondos de Ahorro para el Retiro (Afore) con el tope de 0.57% que regirá a partir del 1 de enero de 2022, tal como lo instruyó la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar).

Si bien el Juzgado Primero de Distrito –con sede en la Ciudad de México— negó la suspensión definitiva de la disposición, el juicio de amparo que interpuso Afore Azteca continúa su curso normal hasta que el juzgador emita una resolución sobre el fondo del asunto y defina si concede o niega el amparo de la justicia a la parte quejosa.

Hace una semana, el mismo Juzgado Primero de Distrito había concedido la suspensión provisional de la disposición sobre el tope a las comisiones, pero quedaba pendiente que el tribunal ratificara la medida cautelar con una suspensión definitiva, lo que finalmente ya no sucedió.

El juez Rodrigo de la Peza López Figueroa, quien tiene a su cargo el expediente de Afore Azteca, argumentó que la disposición sobre las comisiones máximas autorizadas se presentó después de que la parte quejosa presentara inicialmente su demanda de amparo, por lo que no procedía la suspensión definitiva.

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“Se alteraría una situación jurídica que se ha generado con posterioridad a la solicitud de la medida cautelar, consistente en la autorización de una trifa en favor de la quejosa y la validez de esa nueva situación jurídica no necesariamente depende de los actos aquí impugnados de manera exclusiva”, refirió el juzgador.

De momento, la parte quejosa tiene un plazo de 10 días hábiles para impugnar la respuesta del Juzgado Primero sobre su petición para suspender la norma.

La demanda promovida por Afore Azteca es relevante porque la resolución del Juzgado Primero de Distrito pudiera tener implicaciones jurídicas generales, esto es que pudiera ser aplicable al resto de las 10 Afore que existen en el país. Sin embargo, los alcances de la sentencia del juicio de amparo dependerán del criterio del juez.

GC