Los usuarios de telefonía celular de todo el país deberán realizar el trámite de vinculación o registro de sus líneas telefónicas ante las empresas prestadoras de su servicio de telefonía, tales como Telcel, AT&T, Telefónica y Altán Redes.
Las compañías tendrán que comenzar a realizar el trámite obligatoriamente a partir del próximo 9 de enero de 2026, refiere la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) —que sustituyó al extinto Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT)— en el documento “Lineamientos para la identificación de líneas telefónicas móviles”, que se publicó esta semana en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
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Desde este 11 de diciembre y hasta el 8 de enero, las compañías tendrán que ponerse en contacto con sus clientes para recordarles que por ley, todas las líneas de telefonía móvil deberán estar asociadas a los usuarios, para lo cual tendrán que realizar un procedimiento de vinculación y cumplir con los requisitos necesarios.
Toda línea que no se encuentre asociada a un usuario final identificado será suspendida y solamente podrá ser utilizada para realizar llamadas a números de emergencia, refieren los Lineamientos.
¿En qué consiste el procedimiento?
La vinculación de las líneas telefónicas es uno de los efectos resultantes de la reforma de telecomunicaciones impulsada por la presente administración y que derivó, a mediados de año, en la expedición de la nueva Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión.
En setiembre pasado inició una prueba piloto sobre el registro de las línea telefónicas, la cual sirvió para recoger ideas y experiencias sobre cómo impulsar el registro a nivel nacional. Posteriormente, entre el 30 de octubre y el 27 de noviembre, se efectuó una consulta pública para poner a consideración de los interesados un borrador del documento “Lineamientos para la identificación de líneas telefónicas móviles”.
De esta manera, la CRT publicó el documento final en el DOF el pasado 9 de diciembre.
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El registro de las líneas de telefonía móvil aplicará para personas físicas y personales morales, así como en los esquemas de renta y prepago.
El procedimiento podrá realizarse de manera presencial, en los centros de atención a clientes de las compañías proveedoras de telefonía celular, o bien en línea, a través de las plataformas que para el efecto habiliten las empresas.
¿Cuáles son los requisitos?
Los usuarios —personas físicas o morales— tendrán que brindar su nombre o razón social, Clave Única de Registro de Población (CURP) o Registro Federal de Contribuyentes (RFC), número telefónico asociado e identificación oficial.
La identificación oficial —credencial de elector, pasaporte o documento nacional de identificación, expedido por el Registro Nacional de Población— misma que tendrá que ser validada por las compañías en bases de datos de fuentes confiables.
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En este sentido, las telefónicas deberán hacerse de los mecanismos necesarios para hacer la validación de la identidad de los usuarios. En el caso de personas morales —empresas, entidades de gobierno o asociaciones civiles— serán los representantes legales quienes asumirán la obligación de prestarse para la verificación de la identidad.
Una vez recibida la información personal y verificada la identificad del usuario, cada empresa telefónica tendrá que generar un folio único de vinculación o desvinculación, que incluya fecha y hora.
Protección de datos personales
“Toda SIM en formato físico o electrónico (eSIM) que se comercialice por cualquier medio o canal de distribución, únicamente podrá recibir mensajes de emergencia a través del protocolo de alerta común, realizar llamadas a los Números de Emergencia y de Atención Ciudadana, así como al Sistema de Atención del Proveedor del Servicio de Telefonía Móvil.
Para habilitar los servicios contratados, se deberá realizar el proceso de Vinculación con un Titular.
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El proceso de Vinculación se podrá realizar de manera presencial, o a elección de las personas, vía remota”, refiere el documento publicado en el DOF.
Igualmente, los residentes extranjeros estarán obligados a registrar su línea de telefonía móvil, por lo que deberán presentar su pasaporte o bien su CURP temporal de extranjeros.
Al cabo de efectuarse el procedimiento, las empresas proveedoras de telefonía móvil solo podrán conservar el nombre del usuario, la CURP, el número telefónico asociado, la fuente de información consultada y el resultado de la validación de identidad.
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En el caso de las personas morales, las compañías registran la razón social, el RFC, el número telefónico asociado, la fuente de información y el resultado de la validación de identificad (del representante legal).
“La información será resguardada por los operadores telefónicos y se cumplirá con lo establecido en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares”, aseguran los Lineamientos.
El acuerdo completo de la CRT se puede consultar aquí.
GC





