A dos días de que venza el plazo para el cumplimiento de la reforma en materia de subcontratación, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) recordó al sector privado que no habrá prórroga, por lo que las empresas deben concluir su proceso de regularización de trabajadores.

Asimismo, las empresas que prestan servicios especializados o bien obras especializadas deberán quedar inscritas en el padrón conocido como Registro de Empresas y Servicios Especializados (Repse), porque de lo contrario no podrán operar.

“La STPS no tiene facultades para nuevas prórrogas de la entrada en vigor de la reforma, que inicia el 1 de septiembre”, aseguró Luisa María Alcalde Luján, secretaria del Trabajo, en una reunión virtual como la Cámara de Comercio de Australia y Nueva Zelanda.

Sin embargo, la funcionaria aclaró que si bien este miércoles vence el plazo de adaptación a las reformas, “no significa que el Repse cierre”, ya que “éste se mantendrá abierto, y si alguien no logró hacer el trámite lo podrá hacer más adelante”.

La reforma en materia de subcontratación de personal prohíbe la figura de tercerización o “outsourcing”, es decir el acuerdo por medio del cual una empresa pone a disposición de otra compañía sus trabajadores.

La legislación permite la figura de prestación de servicios especializados o de obras especializas, que autoriza a una empresa poner a disposición de otra compañía su personal para actividades específicas, que no tengan que ver con el objeto social o la actividad preponderante de la contratante.

De esta forma, el esquema de tercerización o subcontratación estará limitado para labores muy específicas.

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La reforma estableció un periodo de gracia, que vence este miércoles, para que los trabajadores subcontratados o de “outsourcing” sean reconocidos como trabajadores propios por las empresas que realmente se benefician de sus labores. En tanto que las empresas prestadoras de servicios o de obras especializadas deben quedar registradas en el Repse para estar en condiciones de operar.

La STPS publicó en redes sociales un video en el que explica que se consideran como empresas prestadoras de servicios especializados aquellas que “ponen a disposición del cliente a su personal para realizar un servicio especializado, como el servicio de seguridad, el servicio de comedor o el servicio de mantenimiento maquinaria”.

En este sentido, quedan excluidas de registrarse en el Repse empresas proveedoras que realicen para otra empresa un producto o servicio en sus propias instalaciones, sin necesidad de poner a disposición su personal a la compañía contratante, este es el caso de servicios de contabilidad o bien la entrega de materiales y componentes para la producción.

Para darse de alta en el padrón, las empresas de obras especializadas o servicios especializados deberán estar al corriente de sus obligaciones fiscales ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), así como de seguridad social ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit).

Asimismo, la STPS recomienda a las empresas que quieran registrarse en el Repse que verifiquen que sus documentos san escaneados cuidadosamente, para que sean claros y legibles.

La STPS tiene 20 días para contestar al solicitante del registro y, si el ingreso fue negado, se le explicará a la empresa en qué consistió su error.

GC