La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) dio a conocer los lineamientos para el otorgamiento de beneficios fiscales a los contribuyentes que realicen actividades económicas productivas al interior de los Polos Industriales del Bienestar denominados Progreso I y Mérida I, en Yucatán.
A través de una publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la dependencia precisó que los estímulos forman parte de las acciones para atraer inversión y potenciar las capacidades productivas de los municipios de Progreso y Mérida.
Lo anterior, “a efecto de impulsar su competitividad económica, el desarrollo y el bienestar de sus habitantes y para continuar con la implementación de acciones que fomenten el crecimiento económico”.
Igualmente, la dependencia considera que estos polos industriales permitirán el fortalecimiento de los municipios mencionados, “con nuevas inversiones que generen empleos y mejoras salariales para los trabajadores”.
De acuerdo con el documento, los contribuyentes que así lo determine la autoridad, serán apoyados con un estímulo fiscal de entre 50 y 90% del Impuesto Sobre la Renta (ISR).
Cabe mencionar que para aplicar el estímulo fiscal de 50% del impuesto sobre la renta causado, el contribuyente deberá acreditar que mantiene el número de empleos por tiempo indeterminado que manifestó en el proyecto de inversiones nuevas al tercer ejercicio fiscal.
En tanto, para el estímulo fiscal superior a 50% y hasta 90%, deberá acreditar anualmente a partir del cuarto y hasta el sexto ejercicio fiscal que superó el número de empleos por tiempo indeterminado que manifestó en el proyecto de inversiones nuevas al tercer ejercicio fiscal y aplicará el estímulo en el porcentaje que corresponda, conforme al nivel de empleo generado anualmente.
De acuerdo con Hacienda, los beneficios fiscales otorgados son exclusivos y personales del contribuyente acreditado y no podrán ser transmitidos como consecuencia de una escisión, fusión, cesión o cualquier otro acto jurídico.
Según la publicación, quienes estén interesados deberán obtener una constancia de Hacienda a través de la Unidad de Política de Ingresos Tributarios. Dicha constancia tendrá una vigencia de seis años, contados a partir de la fecha de su emisión.

Estos lineamientos estarán vigentes a partir del viernes 27 de septiembre.
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