Ante los requisitos que exige la nueva versión 4.0 de la factura electrónica o Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), especialistas en contabilidad proponen que se aplace su puesta en operación hasta 2023, en aras de que los contribuyentes puedan adaptarse.
En atención a estas solicitudes, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ya pospuso la obligatoriedad para utilizar la factura electrónica, versión 4.0, hasta el 1 de julio de 2022, cuando originalmente estaba previsto que los contribuyentes cumplieran este disposición desde el 1 de mayo de este mismo año.
Sin embargo, sería preferible que se concediera un periodo de transición mayor, hasta el 1 de enero de 2023, para que los contribuyentes –personas físicas y morales— puedan familiarizarse suficientemente con la versión 4.0, refirió Roberto Colín Mosqueda, integrante de la Comisión Fiscal 2 del Colegio de Contadores Públicos de México (CCPM), según un reporte publicado este lunes por el diario Reforma.
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Las empresas grandes, por sus recursos humanos, técnicos y materiales, tendrán mayores facilidades para adaptarse a la factura 4.0, pero no así las pequeñas y medianas empresas que tienen recursos más limitados, y lo mismo las personas físicas, explicó el experto.
Una de las razones es que la versión actualizada del CFDI exige que se incorporen los datos fiscales tanto del emisor como del receptor –nombre y domicilio completo—, algo que no era obligatorio en la versión 3.3 de la factura electrónica, que es la que se pretende sustituir.
Para cumplir con este requisito será necesario que los contribuyentes consigan la información de sus clientes y también que adecuen los sistemas informáticos; otro cambio relevante consiste en que el contribuyente deberá especificar los motivos para cancelar una factura y también deberá vincular los folios de la nueva factura con la que se cancelará.
Con estos cambios, varios contribuyentes han enfrentado dificultades para hacer su declaración provisional o mensual de impuestos, y también para realizar otros cambios fiscales, lo cual sí justifica que las autoridades del SAT otorguen un plazo mayor para esta transición, comentó Virginia Ríos, académica de la Universidad Panamericana, también citada en el reporte.
¿Cuáles son los nuevos requisitos del CFDI versión 4.0?
*Incluye de manera obligatoria el nombre y domicilio fiscal del emisor y del receptor
*Incluye campos para identificar las operaciones donde exista una exportación de mercancías
*Identifica si las operaciones que ampara el comprobante son objeto de impuestos indirectos
*Incorpora nuevos apartados para reportar información respecto de las operaciones con el público en general; así como, aquellas que se realicen a cuenta de terceras personas
En el caso del complemento para la recepción de pagos:
*Incluye de manera obligatoria el nombre y domicilio fiscal del emisor y del receptor
*Incluye campos para identificar las operaciones donde exista una exportación de mercancías
*Identifica si las operaciones que ampara el comprobante son objeto de impuestos indirectos
*Incorpora nuevos apartados para reportar información respecto de las operaciones con el público en general; así como, aquellas que se realicen a cuenta de terceras personas
Mientras que en el caso de la cancelación de facturas también habrá novedades:
*Será necesario señalar el motivo de la cancelación de los comprobantes
*Al seleccionar como motivo de cancelación la clave 01 “Comprobante emitido con errores con relación” deberá relacionarse el folio fiscal del comprobante que sustituye al cancelado.
(Con información del diario Reforma)
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GC