A pesar de la reforma laboral de 2019, que reforzó los derechos colectivos del trabajo y modificó el sistema de justicia laboral, México todavía enfrenta violaciones a los derechos de la clase de trabajadora, ya que persiste la intromisión empresarial en los sindicatos, así como prácticas para evadir las obligaciones patronales y condiciones precarias e inseguras, sobre todo para los trabajadores del campo.
“El gobierno no ha fortalecido de manera efectiva los derechos laborales relativos a la libertad de asociación y contratación colectiva, así como el derecho de huelga, a pesar de que mejoró su capacidad de hacerlo”, refiere el Departamento de Estado de Estados Unidos, en su documento “Reporte de derechos humanos, México 2024”.
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La reforma laboral, que entró en vigor en 2019, establece sanciones por violaciones a los derechos laborales semejantes a las sanciones por violaciones a los derechos civiles, mismas que “raramente se aplican”.
Esta situación abarca incluso a las ramas de actividad y empresas cubiertas por el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), con excepción de aquellos casos que se han ventilado a través del Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida del T-MEC, que sí han derivado en acciones concretas para resarcir el daño a los trabajadores afectados.
El reporte del Departamento de Estado menciona que persisten añejas prácticas como la intromisión de las empresas para impedir la libre sindicalización, mediante el despido de trabajadores que promueven la sindicalización, acciones de intimidación y de violencia abierta.
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En estas medidas hostiles participan también otros trabajadores o los sindicatos preexistentes en las empresas y que se resisten a ser cambiados por los trabajadores.
En el caso de las votaciones sindicales, para cambiar de sindicato, de liderazgos o para opinar sobre las negociaciones con las empresas, los patrones pueden boicotear estas elecciones al contratar personal temporal o introducir “empleados falsos”.
Además, en ramas de actividad productiva como la industria textil-vestido, algunas empresas aplican mecanismos para debilitar la seguridad en el empleo de sus trabajadores, ya que contratan personal por uno o hasta tres meses, y una vez vencido el contrato, los vuelven a contratar más adelante, pero igualmente en forma temporal.
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De esta manera, las compañías se ahorran las indemnizaciones por despido, impiden que los trabajadores puedan acumular antigüedad en el trabajo y que puedan organizarse en sindicatos, lo que claramente constituye una violación de derechos.
“Como parte del Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida del T-MEC, los funcionarios del trabajo continúan con la revisión de casos de denegación de los derechos de libre asociación y contratación colectiva. Algunos de estos casos fueron atendidos mediante la reinstalación de los trabajadores, con el pago de salarios caídos, o el reconocimiento de un sindicato independiente como el representante legítimo de los trabajadores o ambos”, refirió el documento.
En lo relativo a la jornada laboral, el Departamento de Estado comenta —con base en información de sindicatos, organizaciones civiles y trabajadores— que varias empresas establecidas en México extienden las horas de trabajo, sin hacer el pago correspondiente de tiempo extra.
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Menciona como ejemplo el uso del esquema conocido como “banco de horas”, mediante el cual las empresas —generalmente manufactureras— amplían las jornadas más allá de las ocho horas diarias en temporadas de alta producción, al tiempo que reducen las horas de trabajo en las temporadas de menor actividad. De esta forma, las empresas evitar pagar tiempo extra por los días en los que se extendió la jornada.
Los ajustes en la jornada también se realizan en los días de descanso obligatorio, lo que amerita pagar triple jornada a los trabajadores, pero la empresas no lo hacen, acusa el reporte.
En el caso de los trabajadores agrícolas, el Departamento de Estado informa en su documento que persisten condiciones precarias, con pago de bajos salarios, jornadas extenuantes e instalaciones carentes de servicios básicos, como baños con agua potable.
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“Los reclutadores convencen a las familias de trabajar en temporadas de cosecha con promesas verbales de salarios decentes y buenas condiciones de vida. Pero en lugar de recibir su salario cada semana, como manda la ley, a veces se les pide a los trabajadores que cumplan con una meta de cosechas para recibir su salario. En otras ocasiones, el salario se retiene indebidamente hasta el final de la cosecha para que los trabajadores son se vayan”, advierte el reporte.
El reporte completo del Departamento de Estado puede consultarse aquí.
GC





