México inició un procedimiento administrativo de investigación antidumping sobre las importaciones de manzanas originarias de Estados Unidos, incluidas las definitivas y temporales, independientemente del país de procedencia, de acuerdo con una Resolución publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

La Secretaría de Economía determinó comenzar la indagatoria luego de que, el 29 de agosto de 2025, la Unión Agrícola Regional de Fruticultores del Estado de Chihuahua (UNIFRUT) presentó la solicitud de inicio del procedimiento por prácticas desleales de comercio internacional, en su modalidad de discriminación de precios, respecto de las importaciones de manzanas estadounidenses.

En su solicitud, UNIFRUT manifestó que, en cierto periodo, se observó una tendencia creciente de las importaciones de manzanas originarias de Estados Unidos, combinada con una tendencia decreciente de sus precios, los cuales no cubren los costos de producción de las manzanas producidas en México. Esta situación, señaló, contiene los precios nacionales y afecta los indicadores económicos y financieros del sector, lo que habría generado daño material.

La empresa solicitante presentó argumentos y pruebas para sustentar su petición de investigación, mismos que obran en el expediente administrativo y fueron considerados para la emisión de la Resolución.

Posteriormente, tras entregar nueva información y aclaraciones requeridas por la autoridad, la Secretaría de Economía analizó cada uno de los elementos y aceptó la solicitud para dar inicio al procedimiento administrativo de investigación antidumping.

La dependencia estableció como periodo investigado el comprendido del 1 de abril de 2024 al 31 de marzo de 2025, mientras que el periodo de análisis de daño abarcará del 1 de abril de 2022 al 31 de marzo de 2025.

De acuerdo con la Resolución, la Secretaría de Economía podrá aplicar cuotas compensatorias definitivas, en su caso, sobre los productos que se hayan declarado a consumo hasta 90 días antes de la fecha de aplicación de las medidas provisionales que eventualmente se determinen, conforme a lo dispuesto en los artículos 10.6 del Acuerdo Antidumping y 65 A de la Ley de Comercio Exterior (LCE).

México inicia investigación antidumping contra importaciones de manzana de EU by Marco Mares Redacción

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