La Comisión del Trabajo y Previsión Social de la Cámara de Diputados aprobó el dictamen sobre la reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT), en materia de vacaciones de los trabajadores, también conocida como “ley de vacaciones dignas”, y que modificó la minuta que le envió el Senado de la República a principios de noviembre.

El dictamen corregido establece que, en adelante, el tiempo mínimo de vacaciones pagadas a las que tendrá derecho un trabajador será de 12 días anuales, desde el primer año de prestación de servicios, seis días de los cuales tendrán que disfrutarse de manera continua.

Mientras que los otros seis días de descanso podrán otorgarse opcionalmente de manera diferida, mediante un acuerdo entre patrones y trabajadores.

La minuta original que turnó en su momento la Cámara de Senadores establecía que los trabajadores deberán gozar un mínimo de 12 días continuos de vacaciones, desde el primer año de servicios, por lo que no se mencionaba la opción de negociar el descanso continuo o diferido.

“Luego del análisis realizado se observa que establecer que los trabajadores disfruten de manera continua de 12 días de vacaciones podría resultar desfavorable no solamente a los centros de trabajo, sino para los propios trabajadores porque limita las posibilidades de que empleadores y trabajadores acuerden diferir estos días para que se distribuyan como mejor convenga a ambas partes y se utilicen de manera libre, de acuerdo a sus necesidades”, explicó la Comisión del Trabajo a través de un comunicado, difundido por la Cámara de Diputados.

El dictamen fue aprobado por 17 votos a favor, cuatro en contra y dos abstenciones, y también ya fue turnado a la Mesa Directiva de la Cámara baja, con el propósito de programar su debate y votación en el pleno en la sesión ordinaria del próximo jueves.

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Una vez que los diputados discutan esta reforma a la LFT y, eventualmente, den su voto aprobatorio, el dictamen será devuelto al Senado de la República, que es la cámara de origen, para que lo revise y, si está de acuerdo, que lo ratifique para ser publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF). La reforma deberá entrar en vigor el 1 de enero de 2023.

La “ley de vacaciones dignas” reforma los artículos 76 y 78 de la LFT para aumentar de seis a 12 días el periodo de descanso mínimo que deberán tener los trabajadores del país, en aras de mejorar sus condiciones de vida, lo que incluye la salud física y mental, y la convivencia familiar.

Asimismo, la cantidad de días de vacaciones aumentarán en dos días cada vez que el trabajador aumente un año de antigüedad en el mismo empleo, hasta cumplir el quinto año de contratación. A partir del sexto año de labores, las vacaciones aumentarán dos días cada cinco años.

De esta manera, cuando el trabajador tenga cinco años de permanencia en la misma empresa, gozará de 20 días de vacaciones pagadas.

Estas reglas no impiden que, si las empresas lo consideran pertinente, puedan otorgar más días de descanso a sus trabajadores respecto a lo establecido en la LFT.

GC