El gobierno federal publicó el decreto de la reforma al sistema de pensiones que, entre los cambios más importantes, estableció un tope a las comisiones que cobran las Administradoras de Fondos de Ahorro para el Retiro (Afore) por la gestión de los ahorros de los trabajadores.
“Las comisiones que cobren las Afore estarán sujetas a un máximo, el cual resultará del promedio aritmético de los cobros en materia de comisiones en los sistemas de contribución definida de los Estados Unidos de América, Colombia y Chile, de conformidad con las políticas y criterios que al efecto emita la Junta de Gobierno de la Comisión de conformidad con el párrafo anterior”, refiere el decreto publicado hoy en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
También aclara que a medida que las comisiones de esos países tengan ajustes a la baja serán aplicables las mismas reducciones y, en caso contrario, se mantendrá el promedio que al momento se aplique.
El decreto establece que la reforma al sistema de pensiones del país -que modificó diversos artículos de las leyes del Seguro Social y de los Sistemas de Ahorro para el Retiro y que por tanto es la más profunda desde que nacieron las Afore en 1997-, entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2021.
Sin embargo, el gobierno federal aclara que algunas de las modificaciones tendrán otra fecha de entrada en vigor, entre las cuales se encuentran el aumento a las aportaciones de los trabajadores para su fondo de retiro, lo que recaerá principalmente en los patrones.
El monto de las aportaciones individuales de los trabajadores para sus ahorros aumentará de una proporción actual de 6.5%, más cuota social, a 15%, lo que incluye cuota social.
Te puede interesar: Lamenta IP tope a comisiones de Afores en reforma a sistema de pensionesLa contribución específica que harán los trabajadores permanecerá sin cambios; mientras que la correspondiente a la de las empresas subirá de 5.15% actual a 13.87%, lo que ocurrirá de manera gradual entre los años de 2023 y 2030
El decreto también establece que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar), la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF) y el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) deberán ajustar los sistemas y procedimientos que resulten necesarios para instrumentar las reformas previstas en materia de pensiones.
El decreto puede consultarse aquí. GC




