Los juzgados Primero y Segundo de Distrito en Materia Administrativa, especializados en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, concedieron este martes otras suspensiones definitivas en contra de la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica.
El Juzgado Primero —encabezado por Rodrigo de la Peza López Figueroa— otorgó la suspensión definitiva a 11 empresas privadas del sector eléctrico, que solicitaron el amparo de la justicia, al encontrar que dicha Ley va en contra de la Constitución Política del país.
Lo anterior implica que se detendrá por tiempo indefinido la entrada en vigor del decreto que promulga las más recientes reformas hechas a la Ley de la Industria Eléctrica, en lo que se resuelve el fondo de la petición de amparo de las empresas quejosas.
El proceso judicial de las 11 empresas implicadas en esta resolución se encuentra radicado en el expediente 113/2021.
Asimismo, el Juzgado Segundo concedió otra resolución de suspensión a seis empresas privadas, que también están inconformes con la mencionada Ley. Trascendió que las compañías beneficiarias de esta medida son Compañía Eoloeléctrica de Ciudad Victoria; Compañía Eólica de Tamaulipas; Compañía Eólica Vicente Guerrero; Compañía Eólica la Mesa; El Rollo Solar y Juárez Renovables.
Esta no es la primera vez que el Juzgado Segundo ordena “congelar” la Ley de la Industria Eléctrica, ya que el pasado viernes 19 de marzo otorgó la suspensión definitiva a otro grupo de empresas privadas, que igualmente se consideran afectadas por la mencionada Ley.
Como se recordará, el Juzgado Segundo —encabezado por Juan Pablo Gómez Fierro— fue el primero en otorgar las suspensiones provisionales en contra del decreto de reforma de la Ley de la Industria Eléctrica, lo que despertó el enojo del presidente Andrés Manuel López Obrador.
Tanto las suspensiones provisionales como las definitivas no constituyen el final del proceso judicial, sino que consisten en una medida cautelar, en lo que el juez decide si concede o no el amparo de la justicia a las empresas promoventes.
El gobierno federal todavía puede impugnar estas resoluciones de suspensión para hacer prevalecer la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica, tal como fue reformada en febrero de este año por el Congreso de la Unión.
Sin embargo, las instancias superiores ya dieron cuenta de que pueden ratificar las resoluciones de los juzgados federales.
Este martes, el Primer Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones encontró que carece de materia la queja que presentó el gobierno federal sobre las primeras resoluciones de suspensión que emitió el Juzgado Segundo de Distrito.
En este sentido, las querellas entre privados y el gobierno federal —representado por la cabeza de sector que es la Secretaría de Energía (Sener)— pueden continuar con más recursos de impugnación legal que tengan que tramitarse en instancias superiores.
La semana pasada, en una entrevista de radio, el presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, reconoció que ante la trascendencia del tema es posible que la discusión sobre la Ley de la Industria Eléctrica deba atenderse en el Máximo Tribunal del país.
La Ley de la Industria Eléctrica se reformó en febrero pasado, luego de que el presidente Andrés Manuel López Obrador enviara una iniciativa de ley al Congreso de la Unión.
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En esencia, los cambios hechos otorgan un papel central a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) en la industria eléctrica del país, al tener preferencia en el despacho de energía eléctrica , lo cual implica dejar en un papel complementario a las plantas de las empresas privadas.
Asimismo, la reforma también implica modificar con efectos retroactivos contratos que ya estaban firmados entre la CFE y las empresas privadas. (Con información de los diarios Milenio y La Jornada)
GC





