Las empresas que estén inscritas en el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE) y que no cumplan con sus obligaciones patronales y fiscales, además de que reiteradamente tengan una opinión de cumplimiento “negativo” o “sin opinión”, serán sancionadas con la cancelación de su registro.

Así lo informaron la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) y el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), quienes firmaron un acuerdo para colaborar conjuntamente en la identificación de las empresas que se encuentren en esa situación.

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Conforme a la reforma sobre la subcontratación de personal o “outsourcing”, la autoridad mexicana canceló la práctica generalizada de subcontratar trabajadores y solo permite la existencia de empresas que se dediquen a la prestación de obras y servicios especializados, pero que se encarguen labores complementarias a las actividades preponderantes de sus clientes, tales como limpieza, mantenimiento y preparación de alimentos.

Las compañías de obras y servicios especializados tendrán que darse de alta obligatoriamente en el REPSE y tendrán que demostrar que cumplen con todas sus obligaciones patronales –pago de sueldos y de la seguridad social del personal— y fiscales, para conservar su inscripción.

Sin embargo, ante la detección de empresas que no están al corriente de sus obligaciones patronales ni fiscales, cuando se consulta la opinión de cumplimiento de esas compañías, la respuesta es “negativo” o “sin opinión”.

De ahí que las autoridades del IMSS y de la STPS consideraron la pertinencia de dar seguimiento a estos casos y tomar decisiones.

El Instituto y la Secretaría acordaron crear un grupo de trabajo, que se encargará de promover un intercambio de información institucional sobre el historial de las empresas dadas de alta en el REPSE, principalmente de las que están en desacato de sus obligaciones fiscales y patronales, informaron las dos dependencias en un comunicado.

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“El IMSS dará a conocer a la STPS incumplimientos en materia de seguridad social por parte de prestadores de servicios especializados o de ejecución de obras especializadas inscritos en el REPSE”, refirió el comunicado.

Con conocimiento de cuáles son las empresas en esa situación, se enviarán exhortos a los patrones para que se pongan al corriente.

Posteriormente, el IMSS volverá a generar una segunda opinión de cumplimiento de obligaciones de esas empresas, para verificar que hayan hecho caso del exhorto.

Si las empresas prestadoras de obras y servicios especializados no se pusieron al corriente y continúan en situación irregular, entonces la STPS iniciará un procedimiento de cancelación del registro en el REPSE y otorgará un periodo de cinco días hábiles para que los interesados manifiesten lo que a su derecho convenga.

Agotado el plazo de cinco días, el IMSS emitirá una tercera opinión de cumplimiento de las empresas en cuestión y, de ser encontradas responsables de no pagar las cuotas a la seguridad social ni  los impuestos, entonces la STPS procederá a la cancelación de la inscripción en el REPSE.

GC