El gobierno federal publicó un nuevo decreto para clasificar como asuntos de “seguridad nacional” e “interés público” la construcción y operación del Tren Maya y del Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec (CIIT), así como otras obras públicas.

El decreto –que lleva la firma del presidente Andrés Manuel López Obrador— se liberó la tarde de este jueves, unas horas después de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inválido un decreto anterior, del año 2021, en el sentido de declarar como asuntos de “seguridad nacional” e “interés público” toda la obra pública prioritaria del gobierno federal.

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“Son de seguridad nacional y de interés público la construcción, funcionamiento, mantenimiento, operación, infraestructura, los espacios, bienes de interés público, ejecución y administración de la infraestructura de transportes, de servicios y polos de desarrollo para el bienestar y equipo tanto del Tren Maya como del Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, y los aeropuertos de Palenque, Chiapas; de Chetumal y de Tulum, Quintana Roo, en los términos expresados en la parte considerativa de este decreto”, según el documento que apareció en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF).

También indica que la disposición entra en vigor el mismo día de su publicación, es decir este mismo jueves.

En sus argumentos, el Poder Ejecutivo explica que el Consejo de Seguridad Nacional declaró como asuntos de “seguridad nacional” e “interés público” al Tren Maya y al CIIT, entre otras razones, por “su ubicación estratégica en el territorio nacional” y por la “naturaleza de la prestación de sus servicios”.

Se argumenta que el Tren Maya “es el más importante proyecto de infraestructura, desarrollo socioeconómico y turismo del presente sexenio”, ya que abarcará en una línea de ferrocarril de 1,525 kilómetros los estados de Chiapas, Tabasco, Campeche, Yucatán y Quintana Roo.

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En el caso del CIIT, se explica que se trata de un proyecto que comunicará al océano Pacífico con el Golfo de México, mediante la “plataforma logística y demás infraestructura” que se desplegarán entre los estados de Oaxaca, Veracruz, Tabasco y Chiapas, y que permitirán transportar mercancías de forma ágil a través del Istmo de Tehuantepec y también hacia América Central.

El decreto añade que el Corredor exigirá “extremo cuidado y vigilancia en el transporte de sustancias peligrosas que se lleva a cabo en dicho corredor”.

Sobre los aeropuertos de Palenque, Chiapas; Chetumal y Tulum, Quintana Roo, el decreto expone que, “por su ubicación geográfica, resultan estratégicos para la vigilancia y control del espacio aéreo en la frontera sur, lo cual permite la detección e intercepción oportunas de aeronaves no identificadas que puedan realizar actos ilícitos”.

Con esta disposición, la administración federal responde a la sentencia de la SCJN que hoy declaró inválido el decreto de 2021 que va en el mismo sentido, de considerar como obras de “interés público y seguridad nacional”, los proyectos de infraestructura que se pretende impulsar en el sexenio.

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Sin embargo, el decreto publicado este jueves no hace referencia como el anterior a la primacía que deberán tener los proyectos de obra pública prioritarios para el gobierno, en lo que se refiere a trámites de licencias, permisos y autorizaciones que permitan su desarrollo.

Incluso, el decreto anterior mencionaba que las obras de infraestructura prioritarias deberían recibir autorizaciones preliminares en un plazo máximo de cinco días hábiles.

En su resolución de hoy, el Alto Tribunal argumentó que el decreto de 2021 atenta contra el derecho a la información de los ciudadanos y las facultades del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), ya que el concepto de “seguridad nacional” implica que la información relacionada con esas obras deberá reservarse. Sin embargo, todavía falta por explicar los alcances jurídicos, lo cual ocurrirá el lunes.

El decreto completo puede consultarse aquí.

GC