El empresariado mexicano manifestó sus preocupaciones sobre la más reciente reforma en materia de juicio de amparo, al considerar que constituye un retroceso, porque impide el derecho a la justicia y porque contraviene los principios de competencia económica.
El Consejo Coordinador Empresarial (CCE) —el organismo cúpula del sector privado— consideró que la reforma recientemente aprobada a la Ley de Amparo en el Senado de la República desprotege a las empresas y a los individuos para resguardarse de actos de autoridad que puedan resultar arbitrarios e injustos.
Te puede interesar: “Muy bueno” que se aprobara la reforma de pensiones en Diputados: AMLO
Asimismo, se lesionan los derechos de la sociedad para beneficiarse de una jurisprudencia que pudiera ser legalmente aplicable a varios casos parecidos.
Hace unos días, el Senado de la República aprobó —con 69 votos a favor y 42 en contra— la mencionada modificación de la Ley de Amparo, para que en adelante, los jueces que procesen juicios de amparo no puedan conceder como medida cautelar la suspensión temporal o definitiva de los actos reclamados.
De manera que las disposiciones de gobierno que sean impugnadas por un ciudadano afectado no se detendrán y seguirán vigentes hasta el final del juicio.
Te puede interesar: Aprueban en lo general reforma que crea Fondo de Pensiones para el Bienestar
Asimismo, la reforma establece que, en caso de concederse el juicio de amparo a la parte actora, solo se beneficiará a esta, por lo que se elimina el beneficio de efectos generales. De manera que cada sentencia de amparo solo tendrá efectos individuales y no podrá extenderse a más beneficiarios.
En este sentido, el CCE exhortó a la Cámara de Diputados, que en su calidad de cámara revisora discutirá el dictamen de Senado de la República, a considerar la situación y no aprobarlo.
Se solicita a los diputados “no aprobar esta iniciativa que debilita gravemente la defensa de las personas físicas y morales contra actos y leyes eventualmente inconstitucionales”, refirió el organismo empresarial.
Te puede interesar: Gobierno no financiará su deuda con ahorros para pensiones: Yorio
En opinión del CCE, la figura de la suspensión del acto reclamado constituye un elemento fundamental en la procuración de justicia, ya que “permite que se restituyan derechos humanos presuntamente violados, mientras se desahoga el juicio”.
“Sin esta medida, las violaciones se podrían extender por años, ser irreparables o cesar, lo que haría improcedente el amparo”, agregó el CCE.
El organismo empresarial igualmente argumentó que, al eliminarse el concepto de efectos generales, se sentará un precedente que profundizará las desigualdades sociales al momento de recurrir a la justicia, ya que las personas o empresas afectadas por un acto de autoridad y que no tengan los recursos económicos para defenderse legalmente, ya no podrán acogerse a la sentencia de otra persona que sí ganó un juicio de amparo, aunque se trate del mismo acto de autoridad.
GC





