El Servicio de Administración Tributaria (SAT) “invitó” a las personas morales a regularizar sus declaraciones provisionales antes del 19 de septiembre.
¿En qué casos aplica? Si las personas morales cambiaron antes del 1 de agosto del Régimen Simplificado de Confianza al Régimen General de Ley o viceversa, presentaron el aviso correspondiente y tuvieron dificultades para presentar su declaración, el SAT considerará como vigente durante todo el ejercicio 2022 el último régimen fiscal que eligieron.
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Para ello, dijo a través de un comunicado, la autoridad tributaria que encabeza Raquel Buenrostro pidió a las personas morales que, a más tardar el 19 de septiembre, presenten sus declaraciones y, en su caso, realicen los pagos provisionales de los meses de enero a julio de 2022 del último régimen que eligieron.
Al ingresar al portal para presentar su declaración provisional de tipo Normal para el Régimen General de Ley, aparecerá el concepto “ISR personas morales”; en el caso del Régimen Simplificado de Confianza, aparecerá el concepto “ISR simplificado de confianza. Personas morales”.
El SAT sugirió que, previo a presentar la declaración de pago provisional de agosto, presenten la correspondiente a enero y subsecuentes.
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Para lo anterior, a fin de que el aplicativo se actualice y precargue su información, entre la presentación de cada declaración deberán transcurrir:
- 24 horas cuando no se requiera pago.
- 48 horas posteriores al pago en caso de requerirse.
Además, dijo, si los contribuyentes realizaron algún pago en el régimen que abandonaron, está la posibilidad de disminuirlo del pago en su nueva declaración, para ello, deben seleccionar el apartado ¿Tienes compensaciones por aplicar? y escribir el monto total de los pagos que se hayan realizado.
Si requieren orientación fiscal pueden obtenerla por medio de Oficina Virtual, OrientaSAT, llamar a MarcaSAT 55 6272 2778 que estará disponible con el Asistente Virtual Conversacional, o bien, en las oficinas del SAT previa cita, expuso.
FP





