La Comisión Nacional de Energía (CNE) —que sustituyó a la Comisión Reguladora de Energía (CRE)dio por terminado el acuerdo que estableció una política de fijación de precios máximos para el gas LP, pero únicamente en el caso de bodegas de expendio, estaciones de servicio y estaciones de servicio multimodal.

Como se recordará, la extinta CRE publicó el 29 de julio de 2021 un acuerdo encaminado a establecer la regulación de precios máximos de gas LP para su venta al usuario final, “en cumplimiento de la directriz de emergencia para el bienestar del consumidor de gas licuado de petróleo (gas LP), emitida por la Secretaría de Energía (Sener), con la finalidad de proteger los intereses de los usuarios finales”.

Te puede interesar: Sener niega supuesta escasez de gas LP en el centro del país

Desde entonces, la CRE ha determinado semanalmente cuáles tendrán que ser los precios máximos que deberán aplicar para la venta al público del gas LP, por entidad federativa y municipio, con el propósito de impedir incrementos abruptos del precio del combustible, en aras de mantener controlada la inflación y apoyar a la economía familiar.

Sin embargo, la nueva autoridad reguladora —la CNE—, publicó este martes un nuevo acuerdo en el Diario Oficial de la Federación (DOF) que deja sin efecto parcialmente el acuerdo de 2021, ya que las bodegas de expendio, las estaciones de servicio con fin específico y las estaciones de servicio multimodal ya no tendrán que sujetarse al tope de precios.

Lo anterior, debido a que “diversas personas del sector de gas LP promovieron diversos juicios de amparo en los cuales se dictaron diversas sentencias ejecutorias en las que se concedió el amparo y protección de la justicia federal a los promoventes, para el efecto que se dejara insubsistente el acuerdo” anterior, refirió el documento.

Te puede interesar: ¿De qué van las nuevas normas para el transporte y distribución de gas LP?

En este sentido, y tras haber realizado las deliberaciones correspondientes, el Comité Técnico de la CNE aprobó la presente disposición el pasado 12 de noviembre de 2025.

Una vez que se publicó hoy el acuerdo que deja insubsistente el método para la determinación de precios máximos de gas LP objetivo de venta al usuario final, “únicamente respecto de las actividades de comercialización y expendio al público de gas LP, en las modalidades de bodegas de expendio, estaciones de servicio con fin específico y estaciones de servicio multimodal”, este entrará en vigor a partir de mañana 21 de enero.

El acuerdo completo puede consultarse aquí.

GC