Tres organizaciones sindicales han solicitado a las autoridades laborales su constancia de representatividad, para competir por la titularidad del contrato colectivo de trabajo de los empleados de General Motors (GM) en la planta de Silao, Guanajuato.

El Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) informó en un comunicado que, de momento, ha admitido las peticiones de estas agrupaciones gremiales:

*Sindicato Independiente de Trabajadores y Trabajadoras de la Industria Automotriz (SINTTIA)

*Sindicato Nacional de Trabajadores y Empleados de la Industria del Autotransporte, Construcción de la Industria Automotriz, Autopartes, Similares y Conexos de la República Mexicana

*Sindicato Nacional de Trabajadores de la Industria Metal-Mecánica, Sidero-Metalúrgica, Automotriz y Proveedores de Autopartes en General, de la energía, sus derivados y similares de la República Mexicana “Miguel Trujillo López”, perteneciente a la Confederación de Trabajadores de México (CTM).

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La constancia de representatividad –con vigencia de seis meses— es un documento que deben obtener las dirigencias sindicales que pretendan realizar negociaciones con alguna empresa para depositar un contrato colectivo de trabajo inicial, por lo que constituye un documento necesario para promover legalmente un emplazamiento a huelga, según explicaciones de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).

El 22 de noviembre pasado, General Motors dio a conocer que tuvo acercamiento con cuatro organizaciones sindicales interesadas en la titularidad del contrato colectivo de trabajo de la planta de Silao, de lo cual se desprende que una de ellas finalmente ya no participará en el proceso.

El CFCRL publicó el pasado 9 de diciembre el aviso sobre las solicitudes que admitió para emitir la constancia de representatividad a los tres sindicatos interesados, fecha a partir de la cual se contarán 10 días hábiles.

Vencido este plazo, el CFCRL organizará una consulta a los trabajadores de la planta de Silao, para que por medio del voto libre, personal, directo y secreto, elijan a alguno de los sindicatos como su nuevo representante laboral ante la empresa y las autoridades.

La organización que resulte ganadora del proceso recibirá una constancia de las autoridades laborales y por tanto estará legalmente facultada para emplazar a huelga a la planta de Silao de GM con el propósito de firmar un contrato colectivo de trabajo.

Actualmente los trabajadores de la unidad productiva carecen de sindicato y de contratación colectiva, luego de que en agosto pasado se realizó una votación para cumplir con el trámite de legitimación del contrato colectivo de trabajo –una nueva obligación que deben cumplir las organizaciones sindicales— y cuyo resultado fue en su mayoría por rechazar la vigencia de ese pacto laboral.

De esta forma, el Sindicato “Miguel Trujillo López” de la CTM perdió la titularidad del contrato colectivo y la representación legal de los trabajadores; sin embargo, el gremio pretende recuperar la confianza y el respaldo de los empleados en este nuevo intento.

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La votación de agosto pasado fue relevante, porque de esa manera México atendió la primera denuncia que interpuso Estados Unidos contra el país, bajo el Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), y que atiende violaciones a los derechos de libertad sindical y contratación colectiva.

De no haberse atendido satisfactoriamente el caso de la planta de GM en Silao, el gobierno de Estados Unidos pudo aplicar sanciones comerciales a México.

Una vez que la STPS calificó legamente el proceso de votaciones de agosto en el que los trabajadores se inclinaron mayoritariamente por el “no” y que rechazaron el contrato colectivo y al Sindicato “Miguel Trujillo López”, México dio vista del resultado al gobierno estadounidense quien de esta forma dio por cerrado el asunto sobre la plana de Silao.

GC