La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó el criterio del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) en el sentido de declarar a América Móvil —perteneciente a Grupo Carso— como agente preponderante del sector de telecomunicaciones a nivel nacional.
La Segunda Sala de la SCJN sesionó de manera remota este miércoles, a partir de lo cual determinó concederle la razón al IFT, con el argumento de que tiene “las facultades de un órgano regulador, autónomo y especializado, a cargo de la regulación, promoción y supervisión del uso, aprovechamiento y explotación del espectro radioeléctrico, las sedes y la prestación de los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones”.
Mediante un comunicado, la SCJN dio a conocer que apoyó este argumento en la reforma en materia de telecomunicaciones de 2013, que modificó el artículo 28 constitucional, relativo a las facultades del IFT.
También explicó que, al determinar que un agente es preponderante, el Instituto pretende establecer condiciones de competencia y libre concurrencia en el sector y mejorar la calidad y precio de los servicios para el consumidor.
Al ratificar el criterio del IFT sobre América Móvil —empresa del multimillonario Carlos Slim—, la SCJN también confirma las medidas que el Instituto estableció para la empresa a raíz de considerarla como preponderante.
El 16 de marzo de 2014, el IFT declaró a América Móvil como agente económico preponderante en el sector de telecomunicaciones, junto con Televisa, a partir de lo cual estableció para ambas empresas una serie de medidas en aras de garantizar un mejor ámbito de competencia en el país.
En el caso de América Móvil —que opera los servicios de telefonía fija, móvil y de internet— determinó, entre otras obligaciones, que la compañía debe compartir infraestructura como torres, ductos, derechos de vía y otros con empresas de la competencia, a cambio del pago de una tarifa negociada entre las partes.
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Asimismo, el IFT estableció que la compañía deberá ofrecer servicio de “ultima milla”, a través de sus redes, a las empresas de la competencia las cuales quieran ofrecer servicios de voz, datos, video o cualquier otro.
Sin embargo, en diciembre de 2020, América Móvil aseguró que las regulaciones del IFT ya no respondían, a seis años de haberse emitido, a los cambios ocurridos en el sector de telecomunicaciones del país, por lo que iba a impugnar las medidas ante el Poder Judicial.
GC





