Un panel arbitral concedió la razón a México en el caso de la denuncia laboral contra Mina San Martín, de Grupo México, al considerar que es improcedente procesar el conflicto sindical en esa unidad productiva, conforme a las reglas laborales del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), ya que el asunto se originó antes de la entrada en vigor del Tratado en 2020.

Con esta resolución, el conflicto sindical en la Mina San Martín —ubicada en Sombrerete, Zacatecas— tendrá que terminar de resolverse en tribunales de México, lo que constituye un revés para el gobierno de Estados Unidos que, el 16 de junio de 2023, invocó el Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida del T-MEC para atender este asunto, bajo la acusación de violación a los derechos de libertad sindical y contratación colectiva.

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La respuesta del panel arbitral también es un revés para el Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos, Siderúrgicos y Similares de la República Mexicana (SNTMMSSRM), dirigido por Napoleón Gómez Urrutia, quien acudió a la oficina del Representante Comercial del gobierno de Estados Unidos, para presionar al gobierno mexicano con miras a resolver el conflicto dentro de las instancias del T-MEC.

Panel arbitral, sin jurisdicción

“El panel trinacional concluyó que la denegación de derechos sindicales solo puede ser imputada a hechos posteriores a la entrada en vigor del T-MEC y sujetos a la reforma laboral de 2019. Los hechos presentados por Estados Unidos no cumplían con estos criterios, según lo establecido por el panel”, informaron las secretarías de Economía (SE) y del Trabajo y Previsión Social (STPS) de México, a través de un comunicado.

En este sentido, los integrantes del panel arbitral “determinaron que no tenían jurisdicción para pronunciarse sobre la denegación de derechos sindicales en dicha mina”.

Mecanismo debe tener uso “razonable”

El gobierno mexicano destacó que la resolución del panel del Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida sienta un precedente relevante, en el sentido de que las reglas del T-MEC no pueden aplicarse retroactivamente a su entrada en vigor.

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“Este fallo es de suma relevancia, ya que sienta un precedente sobre la no retroactividad de los tratados comerciales. Para México es fundamental evitar la apertura de esta posibilidad, tanto en disputas laborales como en otras de índole comercial”, expresaron la SE y la STPS en su comunicado.

Conforme a comentarios anteriores respecto a que Estados Unidos se ha excedido en la invocación del Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida, el gobierno mexicano insistió en la necesidad de dar al instrumento un uso “razonable, proporcional y de buena fe”.

Un conflicto que empezó en 2007

El caso de la Mina San Martín lo presentó el gobierno de Estados Unidos el 16 de junio del año pasado, mediante una solicitud a las autoridades mexicanas para revisar la situación. Tras aceptar a trámite la solicitud, el gobierno mexicano respondió el 1 de agosto que no había lugar para atenderlo en el Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida del T-MEC, ya que el conflicto sindical data de 2007, además de que Grupo México no realiza exportaciones de minerales a Estados Unidos desde la unidad productiva.

En este sentido, el gobierno mexicano garantizó que la disputa entre el SNTMMSSRM y Grupo México deberá alcanzar una resolución definitiva en los tribunales nacionales.

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Inconforme con esta respuesta, el 22 de agosto, la oficina del Representante Comercial de Estados Unidos decidió llevar el caso a un siguiente nivel, que es un panel arbitral de expertos, como lo establece el Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida, el cual finalmente se declaró incompetente por razones de retroactividad.

Disputa entre Gómez Urrutia y Grupo México

En 2007, el SNTMMSSRM estalló una huelga en la Mina San Martín, en reclamo de diversas violaciones al contrato colectivo de trabajo, suspensión de labores que se prolongó hasta el año 2018, cuando se organizó una consulta entre los trabajadores, quienes eligieron al Sindicato Nacional de Trabajadores de la Exploración, Explotación y Beneficio de Minas de la República Mexicana, como su nuevo representante laboral.

Con este cambio de sindicato y de liderazgos, la Mina San Martín retomó sus actividades de producción en 2018.

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Sin embargo, el SNTMMSSRM ha denunciado en el Poder Judicial, la indebida actuación de Grupo México para reanudar las actividades de producción en una unidad minera que estaba en huelga y también por reconocer a un nuevo sindicato ilegítimo.

Al considerar que las autoridades mexicanas no han sopesado sus reclamos y argumentos, el Sindicato de Gómez Urrutia solicitó el apoyo del gobierno de Estados Unidos para invocar el referido Mecanismo.

El caso se resolverá en México

Sin negar la existencia de violaciones a los derechos laborales de los trabajadores de Mina San Martín, la SE y la STPS aseguraron en su comunicado de hoy que “esas irregularidades fueron o están en vías de ser corregidas por las autoridades nacionales que sí tienen jurisdicción sobre el caso”.

GC