Teléfonos de México (Telmex) y Teléfonos del Noroeste (Telnor) obtuvieron una ratificación en sus concesiones otorgadas por el Estado mexicano para un periodo de 30 años, contados a partir de 2026, por lo que podrán continuar con la prestación de servicios de telecomunicaciones por ese lapso.
Sin embargo, esta autorización no retira la clasificación de las empresas como agente económico preponderante.
Por esta situación, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) no otorgó la concesión de televisión por cable que, desde hace años, Telmex ha solicitado para completar su oferta de servicios de telecomunicaciones a sus clientes.
“Es importante señalar que, de conformidad con la resolución de prórroga de 2016, la emisión de los títulos de concesión no implica el otorgamiento de una concesión única para uso comercial o la autorización de servicios adicionales a los contenidos en las concesiones vigentes de estos concesionarios, debido a que forman parte del agente económico preponderante en el sector de telecomunicaciones”, aseguró el IFT en un comunicado.
El organismo regulador informó que la extensión de la concesión por otros 30 años está sujeta a algunas condiciones como la prestación del servicio y la cobertura universales, en aras de garantizar que una mayor cantidad de familias —sobre todo las ubicadas en zonas alejadas— dispongan de servicios de telecomunicaciones, como telefonía e internet.
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“Para ello, las empresas deberán atender criterios y elementos para la formulación de los programas de Cobertura Universal a partir de las nuevas condiciones regulatoria y de disponibilidad tecnológica, en beneficio de la población”, refirió el IFT.
Las concesiones que actualmente están vigentes se otorgaron el 10 de agosto de 1990, en el caso de Telmex, y el 7 de diciembre de 1990, en el caso de Telnor.
Con la ratificación que autorizó el IFT, las empresas podrán hacer uso de las concesiones por otros 30 años, contados a partir del 11 de marzo de 2026, en el caso de Telmex, y del 27 de mayo de 2027, en el caso de Telnor.
El organismo regulador aclaró que las dos empresas tendrán que cumplir con la regulación asimétrica, en su calidad de agentes económicos preponderantes en el mercado mexicano, y también con otras disposiciones legales de las que son sujetos obligados.
GC