El gobierno federal actualizó el subsidio al empleo, una facilidad fiscal que permite a los trabajadores de más bajos salarios reducir el pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR).

Anteriormente, el subsidio al empleo aplicaba para los trabajadores que ganaban un sueldo de hasta 7,382.33 pesos mensuales pero ahora, con la nueva disposición, se estableció como límite máximo 9,081 pesos mensuales.

En el contexto de este 1 de mayo, Día Internacional del Trabajo, el presidente Andrés Manuel López Obrador y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) publicaron en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un decreto relativo al subsidio al empleo, en el cual se reconoce que se había rezagado la determinación de los límites máximos, conforme a los aumentos otorgados al salario mínimo del país.

En 2024, el salario mínimo representa un monto mensual de 7,500 pesos, el cual excedió el límite máximo que la SHCP tenía autorizado para otorgar la facilidad fiscal a los trabajadores de más bajos sueldos, lo cual se corrió con el decreto.

“El aumento progresivo en los salarios y el salario mínimo ha provocado que el subsidio para el empleo pierda efectividad como mecanismo de apoyo fiscal al ingreso de los trabajadores, lo que ha llevado a que aquellos que antes se beneficiaban con el subsidio para el empleo, ahora enfrenten una mayor carga tributaria, debido a que la tabla del artículo 1.12 del decreto que compila diversos beneficios fiscales, ya citado, quedó superada al establecer como máximo límite superior ingresos por 7,382.33 pesos”, explicó el decreto.

El decreto precisa que el subsidio solo aplica al salario, pero no así a otras percepciones como primas de antigüedad, indemnizaciones por despido o bien algún otro pago por superación del trabajo.

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“Se otorgará un subsidio para el empleo mensual a los trabajadores a que hace referencia el artículo primero de este decreto, cuyos ingresos mensuales que sirvan de base para calcular el ISR correspondiente al mes de calendario de que se trate, no excedan de 9,081 pesos, excepto los percibidos por conceptos de primas de antigüedad, retiro o indemnizaciones y otros pagos por separación”,  refirió el decreto.

El subsidio al empleo aplicará únicamente para el ISR que se haya generado por el sueldo del trabajador en el mes calendario, pero no así para otros impuestos.

Al respecto, Gabriel Yorio González, subsecretario de Hacienda de la SHCP, destacó en sus cuentas de redes sociales que la disposición constituye un beneficio para los trabajadores porque se reducirá su carga de impuestos, además de que facilitará los pagos de impuestos a los empleadores.

El decreto completo puede consultarse aquí.

GC