Un Juez en Materia Administrativa negó el recurso a cuatro estudiantes que argumentaban la violación a sus derechos constitucionales con la consulta nacional sobre al Nuevo Aeropuerto Internacional de México (NAIM) realizada durante cuatro días, la semana pasada. El fallo resuelve que los actos realizados por el presidente electo, Andrés Manuel López Obrador, “son actos extrajurídicos que se encuentran al margen del sistema constitucional, pues no tienen sustento ni fundamento en la Constitución y, por esa misma razón, no pueden producir efecto jurídico alguno”. Al dictar sentencia en el juicio de amparo 1083/2018, el Juez Cuarto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, Juan Pablo Gómez Fierro, resolvió que la consulta no es el acto  que define la continuación del proyecto aeroportuario, sino la decisión que adopte el presidente electo una vez que tome posesión de su encargo el 1 de diciembre de 2018.
“Decisión que constituirá un acto jurídico autónomo del resultado de la consulta y cuya constitucionalidad se podrá analizar, de ser el caso, por méritos propios”, aseveró la resolución.
También te puede interesar: Paquete económico 2019 incluirá recursos para cancelar el NAIM: Urzúa La consulta, apuntó el órgano jurisdiccional, “no se hizo en ejercicio de una facultad constitucional o legalmente reconocida y, por ende, escapa a un control constitucional, pero por la misma razón no puede tener consecuencia jurídica alguna y menos aún, un efecto vinculante, al menos en términos estrictamente constitucionales”. En días pasados, cuatro abogados promovieron una demanda de amparo indirecto contra la consulta debido a que argumentaban el presidente electo no se ciñó al artículo 35, F. VIII de la Constitución, el cual establece que las consultas populares deben ser solicitadas ya sea por el Presidente de la República, por el 2% de los ciudadanos o por alguna de las cámaras del Congreso de la Unión. Argumentaban que el procedimiento constitucional determina que el Instituto Nacional Electoral (INE), es quien debe organizar y ejecutar la consulta en la que debe participar el 40% de la lista nacional y no el 1.5% que prevé el ejercicio participativo que promueve Morena y que se desarrollará a nivel nacional del jueves 25 al domingo 28 de octubre. Con información de Eje Central LP