El Colegio de Pilotos Aviadores de México (CPAM) y la Asociación Sindical de Pilotos Aviadores (ASPA) manifestaron su rechazo a la decisión de la compañía Viva Aerobus de rentar aviones extranjeros con tripulaciones incluidas, de manera temporal, ante la necesidad de suspender la operación de algunos de sus aviones por motivos de revisiones técnicas.
La práctica de contratar aeronaves de terceros con tripulaciones se conoce en la jerga aeronáutica como “wet leasing” o “arrendamiento húmedo”, que en el caso mexicano constituye una violación a la Ley Federal del Trabajo, aseguraron el CPAM y ASPA, a través de comunicados por separado.
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Viva Aerobus informó a su personal que debe mantener en tierra unas aeronaves A32neo de Airbus, con motores Pratt & Whitney, para inspecciones técnicas a cargo del mismo fabricante. No existe una certeza del tiempo que se tardará esta inspección, ya que son limitados los talleres habilitados para esta tarea.
En aras de cumplir con sus clientes que han comprado boletos de avión para 2024, Viva Aerobus se ha visto en la necesidad de contratar a un proveedor que le rente aviones con tripulaciones (pilotos y sobrecargos); sin embargo, en México no existen empresas prestadoras de ese servicio, de ahí que ha decidido contratar a un proveedor extranjero.
La disposición de Viva Aerobús —aerolínea de bajo costo— fue considerada como ilegal por el CPAM y ASPA, ya que niega el empleo para tripulaciones mexicanas, como establecen la Ley Federal del Trabajo y la Ley de Aviación Civil.
“El problema reside en que las aeronaves y sus respectivas tripulaciones que pueden ser arrendadas en este momento son de nacionalidad extranjera, lo cual es ilegal tanto desde el punto de vista de la aviación como de la Ley Federal del Trabajo en su capítulo de tripulaciones aéreas”, refirió el Colegio en su comunicado.
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“La Ley de Aviación Civil, si bien permite el arrendamiento temporal de aeronaves extranjeras que no estén registradas de manera permanente, para ser operadas por aerolíneas mexicanas y solo con el objeto de cubrir situaciones de urgencia, de ninguna manera faculta a las aerolíneas a tener arrendamientos con tripulantes de nacionalidad extranjera”, agregó el CPAM.
Lo anterior, debido a que el comandante de una nave constituye la más alta autoridad en un avión, por lo que puede asumir funciones de ministerio público, facultades que la legislación mexicana tiene reservadas a los nacionales, aseguró el CPAM.
Otro problema que puede surgir es que las naves extranjeras puedan correr el riesgo de enfrenar accidentes o incidentes de inseguridad, cuya resolución debe recaer en manos de la empresa contratante, en este caso Viva Aerobus.
Sin embargo, la condición extranjera de las naves y sus tripulaciones puede abrir una brecha para la discusión.
Asimismo, el CPAM y ASPA coinciden en que el arrendamiento de naves extranjeras con tripulaciones extranjeras para vuelos internacionales puede constituir una violación al Convenio de Chicago, en el sentido de que Viva Aerobus debería firmar convenios bilaterales con los países a donde se hagan sus vuelos con aviones que no son suyos y también registrarlos ante la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI).
CPAM y ASPA también consideran que la realización de vuelos con naves arrendadas a un extranjero y tripulaciones extranjeras en territorio mexicano puede considerarse como un servicio de cobotaje aéreo, lo cual está reservado únicamente a las aerolíneas mexicanas.
En este sentido, las organizaciones hicieron un llamado a las autoridades federales para que hagan recapacitar a Viva Aerobus, en aras de respetar la legislación mexicana.
GC