La representación en México de la Cámara Internacional de Comercio (ICC en inglés) consideró que el acuerdo que dará a conocer en breve el gobierno federal, para frenar las presiones inflacionarias puede violar la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE).

Lo anterior, debido a que el mismo presidente Andrés Manuel López Obrador ha adelantado que su gobierno negocia con varias empresas el establecimiento de “precios de garantía” para un conjunto de 24 bienes y servicios básicos, en aras de proteger el poder adquisitivo del salario y la economía familiar.

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Este acuerdo en el que concurren empresas privadas puede considerarse como una conducta de colusión para “manipular precios”, conforme al marco legal vigente, lo cual implica multas económicas y sanciones penales para sus participantes, advirtió ICC México, a través de un comunicado.

El gobierno federal tiene previsto dar a conocer su plan antiinflacionario esta misma semana, a través del cual pretende contener la inflación. López Obrador ha dicho que no se tratará de “un control de precios”, sino de la fijación de “precios justos” para 24 bienes y servicios, con el propósito de que permanezcan iguales en todo el territorio nacional.

“Si las empresas competidoras se reúnen, a petición del gobierno, a discutir no aumentar precios a determinado nivel, estarían en riesgo de violar la LFCE y cometer un delito federal”, aseguró ICC México.

¿Cuál es el procedimiento legal para concertar precios?

Para evitar caer en irregularidades, el organismo empresarial conminó al gobierno federal y a las empresas a actuar conforme a derecho ya que, en una situación económica compleja como la que  México vive en la actualidad, se requiere la intervención de la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece).

La Cofece debe hacer una declaratoria en el sentido de que “no existe competencia efectiva” en el mercado de los bienes y servicios de que se trate o bien que existe “una distorsión en el mercado que lo impide” y que, por tanto, los precios de esos bienes y servicios no pueden bajar, según el artículo 9 de la LFCE.

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A partir de este pronunciamiento de la Cofece, el gobierno federal y los actores económicos pueden entonces establecer “precios oficiales” o “precios máximos” para un producto o servicio.

“ICC México coincide con el propósito de apoyar la economía de las personas con menores recursos económicos en el país. Sin embargo, el apoyo debe realizar en términos que no infrinjan la LFCE”, refirió el organismo.

Pero si el gobierno federal y las empresas omiten la intervención de Cofece para declarar que existen “distorsiones de mercado” que encarecen los precios, entonces el sector privado que acepte establecer los “precios de garantía” puede incurrir en el delito de manipulación de precios, violatorio del artículo 53 de la LFCE.

Las sanciones en estos casos implican multas de hasta 10% de los ingresos de las empresas, sin mencionar las responsabilidades de tipo penal.

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ICC México refirió que, en otros momentos, la misma Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se ha referido a la manipulación de precios, al describir que esta mala práctica se tipifica no solo porque los precios se establezcan al alza o a la baja, sino por el simple hecho de entablar acuerdos entre los agentes económicos.

Con base en estos argumentos, ICC México exhortó al gobierno federal y a la Cofece a conversar sobre la situación de los precios de bienes y servicios en México y a convenir en las mejores formas de enfrentar esta situación, con respeto al marco legal.

GC