La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) impuso una multa por 2,414 millones de pesos (mdp) a 53 empresas y 34 personas físicas por coludirse para manipular los precios de distribución del gas LP y también para acordar la división de mercado.
Esta sanción se aplicará en contra de los grupos Soni, Nieto, Tomza, Simsa, Global, Uribe y Metropolitano, que constituyen las principales empresas distribuidoras del combustible en el país.
Para llegar a esta conclusión, el organismo antimonopolios realizó primero una investigación durante varios meses sobre el funcionamiento del mercado del gas LP a nivel nacional y, al encontrar evidencias respecto a prácticas comerciales indebidas entre actores económicos, abrió un procedimiento semejante a un juicio para que las partes presentaran sus argumentos.
Concluida esta etapa, “el Pleno de la Cofece determinó que había elementos suficientes para acreditar las prácticas monopólicas absolutas realizadas por los distribuidores imputados –que forman parte de los grupos Soni, Nieto, Tomza, Simsa, Glboal, Uribe y Metropolitano— en la Ciudad de México y algunos municipios de los estados de Estado de México, Sinaloa, Colima y Tamaulipas”, informó el organismo en un comunicado.
Las prácticas monopólicas que les atribuyen consistieron en fijar, elevar, concertar y manipular el precio de distribución del gas LP, tanto en las plantas de distribución como en el expendio en estaciones de servicio.
Asimismo, las empresas y las personas físicas sancionadas se coludieron para dividir, distribuir, asignar o establecer porciones del mercado.
Todas estas conductas están señaladas como delitos en la Ley Federal de Competencia Económica.
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Mediante estos acuerdos fuera de la ley, las empresas distribuidoras y los individuos que los apoyaron lograron mantener estables sus participaciones de mercado y no competir entre sí, lo que ocasionó que el precio de combustible se fijara a su favor y no en el mejor interés de los consumidores, quienes llegaron a pagar “sobreprecios indebidos”, explicó la Cofece.
“Como resultado, el pleno de la Cofece determinó que, de 2007 a 2019, los infractores provocaron un daño estimado que asciende a 13,392 mdp. Considerando la magnitud del daño, el carácter intencional de las conductas y la relevancia del mercado afectado en el bienestar general, las conductas fueron catalogadas de gravedad alta y se impusieron las multas señaladas”, aseguró el organismo antimonopolios.
El gas LP constituye el combustible de mayor consumo en los hogares mexicanos que, solamente en el periodo enero-junio de 2022, generó ventas totales por un valor de 36,000 mdp..
Actualmente, el gobierno federal tiene vigente una política de precios máximos al gas LP, con la que pretende impedir un aumento pronunciado de precios y de esa manera impedir que se eleve la tasa de inflación que, actualmente, se encuentra en los niveles más altos en 20 años.
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La disposición ha permanecido vigente desde agosto del año pasado y, al principio, provocó inconformidades entre los empresarios distribuidores, quienes advirtieron que la fijación de topes de precios iba a afectar sus costos de operación, la salida de varios competidores, así como desabastos en las colonias más apartadas de las ciudades y de las comunidades rurales.
Cofece informó que las empresas y personas físicas multadas tienen derecho a impugnar las multas en su contra ante el Poder Judicial federal.
GC