La Agencia Federal de Aviación Civil (AFAC) precisó que el arrendamiento de aviones extranjeros, incluida la tripulación de vuelo y de sobrecargos, está previsto en la legislación nacional, por lo que la renta de aeronaves que hará Viva Aerobus no quebranta la ley.
En un comunicado, el órgano administrativo de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) señaló que la figura a realizar por la aerolínea es el denominado “arrendamiento húmedo”, que consiste en un acuerdo por medio del que el arrendador concede el uso o goce temporal de una aeronave (incluidas las tripulaciones) al arrendatario, que se obliga a pagar por ese uso o goce un precio concertado.
“Dicha figura está prevista en la legislación nacional, por lo que resulta ajustada a derecho, ya que, en casos excepcionales y temporales, las aeronaves con matrícula extranjera, arrendadas por los concesionarios o permisionarios mexicanos, pueden ser operadas en el país”.

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Lo anterior, “de acuerdo a lo previsto en el artículo 45, último párrafo de la Ley de Aviación Civil en relación con lo dispuesto en el artículo 83 bis del Convenio Sobre Aviación Civil Internacional, el cual permite que, una aeronave matriculada de cualquier país sea utilizada al amparo de un contrato de arrendamiento por una empresa que tenga su oficina principal o residencia en otra Nación”, agregó la AFAC.
Viva Aerobus realizará un arrendamiento húmedo debido a que el fabricante de motores Pratt & Whitney (P&W) le notificó que someterá a inspecciones preventivas los motores de las aeronaves Airbus A320neo.
Por lo anterior, “a fin de hacer frente a esta contingencia, Viva Aerobus implementará el arrendamiento húmedo, con el objetivo de mantener la prestación del servicio público de transporte aéreo en las condiciones tarifarias autorizadas, en beneficio de los usuarios”.
“La implementación del arrendamiento húmedo le permitirá a la aerolínea continuar con la prestación del servicio público, es decir, mantendrá la conectividad en todas las rutas que tiene autorizadas, sin paralizar las vías generales de comunicación en beneficio de la población, sin vulnerar ningún derecho y por el contrario genera certidumbre para los pasajeros, ya que no quedarán varados por cuestiones ajenas esta aerolínea”, resaltó.
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La Agencia abundó que tiene conocimiento sobre que esta determinación “fue consensuada con los trabajadores de la aerolínea, a efecto de mantener las fuentes de trabajo y proteger a sus familias, ya que no se rescindió ninguna relación laboral con motivo de esta condición extraordinaria”.
Este posicionamiento se produjo luego de que la Asociación Sindical de Pilotos Aviadores (ASPA) y el Colegio de Pilotos Aviadores de México aseguraron que la renta de aviones y tripulación extranjeros por parte de Viva Aerobus vulnera el artículo 32 de la Constitución Política.
“Esa es una apreciación subjetiva y contraria al bien común, ya que dicho precepto dispone que, el personal que tripule cualquier aeronave que se ampare con la bandera mexicana, debe ser operado por personal mexicano de nacimiento; sin embargo, es de resaltar que no se prevé ninguna restricción o prohibición referente a la actividad de tripulaciones extranjeras que operen aeronaves con matrícula distinta a la mexicana”, concluyó la AFAC.
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