La Secretaría de la Función Pública (SFP) suspendió de manera definitiva la inhabilitación por 30 meses de Laboratorios PiSA, por lo que la empresa podrá participar en procedimientos de contratación.

“…SE DECRETA LA SUSPENSIÓN DEFINITIVA de la ejecución de la inhabilitación de 30 meses para participar en algún procedimiento de contratación, toda vez que se actualiza la apariencia del buen derecho y, se atiende al interés social y al orden público; aunado a que con la presente concesión únicamente se paraliza temporalmente la ejecución de dicho acto, sin que ello implique que con la suspensión de mérito se impida a la autoridad demandada hacer efectiva su sanción, en caso de que la sentencia definitiva no sea favorable a la accionante”, señala la circular publicada por la dependencia en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

En octubre pasado, la titular de la SFP, Irma Eréndira Sandoval, informó que Laboratorios PiSA y la empresa Distribuidora Internacional de Medicamentos estaban siendo investigadas, y tras verificar que habían proporcionado información falsa para obtener un contrato con el Instituto Mexicano de Seguridad Social (IMSS) fueron sancionadas.

Además de la inhabilitación por 30 meses, se les impuso una multa por un millón 170 mil 95 pesos a cada una.

Hoy, la SFP comunicó a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a las empresas productivas del Estado, así como a las entidades federativas, municipios y alcaldías de la Ciudad de México, que fue suspendida la sanción, por lo que quedó eliminada la instrucción de abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con Laboratorios PiSA.

“Lo anterior, toda vez que […] el hecho de que la hoy actora continúe participando en procedimientos de contratación pública no causa perjuicio al interés social ni al orden público, ni ello constituye un acto consumado.

“En ese sentido el otorgamiento de la medida cautelar positiva respecto de los actos de publicación de la sanción de inhabilitación no encuentra el obstáculo del interés público y social, tomando en cuenta que dicha publicación puede afectar irreversiblemente el derecho de la persona moral a su propia imagen y reputación, en el ámbito comercial en el que se desarrolla, lo que es de suma relevancia en relación con el beneficio consistente en publicitar para efectos administrativos y meramente preventivos la sanción impuesta, máxime que su legalidad se encuentra cuestionada jurídicamente mediante el presente juicio y que, en todo caso, la publicación para tales fines puede esperar a la firmeza de la resolución sancionatoria”, apunta la Circular firmada por María Guadalupe Vargas Álvarez, directora general de Controversias y Sanciones en Contrataciones Públicas.

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