Semillas y Agroproductos Monsanto y Monsanto Comercial, de Monsanto Company, se desistieron de la demanda de amparo que interpusieron en contra del decreto presidencial de 2020 que prohíbe  el uso del glifosato —un herbicida utilizado por la agroindustria— y del maíz transgénico en territorio mexicano.

Sin embargo, la compañía sigue adelante con otra demanda de amparo que presentó el año pasado contra el decreto presidencial de 2023, que igualmente prohíbe la utilización del glifosato y del maíz transgénico para consumo humano, así como el retiro paulatino de este grano para consumo animal e industrial, el cual sustituyó al decreto de 2020, informó el Consejo Nacional de Humanidades, Ciencias y Tecnologías (Conahcyt), a través de un comunicado.

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Como se ha informado, tanto el decreto de 2020 como el de 2023 excluyen del mercado mexicano el uso del herbicida y del maíz transgénico, con el propósito de proteger a la población de posibles daños a la salud humana y también para preservar los maíces nativos de México.

“Con el desistimiento de la demanda que la empresa trasnacional Monsanto Company mantuvo hasta el pasado martes 25 de abril en contra del decreto presidencial de 2020 —que busca prescindir del glifosato y el maíz transgénico para consumo humano—, México obtuvo un triunfo en una batalla jurídica en la que prevaleció la razón a favor de la vida, la salud, la naturaleza, la riqueza biocultural y la soberanía alimentaria”, celebró el Conahcyt.

En su comunicado, la institución hizo un resumen de la querella que interpusieron Semillas y Agroproductos Monsanto y Monsanto Comercial, de Monsanto Company, para inconformarse contra el decreto presidencial de 2020, ante el Juzgado 6 de Distrito en Materia Administrativa, con sede en la Ciudad de México.

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La parte quejosa solicitó el amparo de la justicia para no verse obligada a acatar la disposición oficial, lo que fue contestado por Conahcyt con “250 documentales que exhibían la evidencia científica y jurídica” que respaldaba el decreto presidencial, todo lo cual no obstante fue desestimado por el Juzgado 6, quien en julio de 2022 resolvió dar la razón a la parte demandante.

Según Conahcyt, la sentencia del Juzgado fue “controversial, contradictoria y parcial”, ya que no consideró las pruebas científicas presentadas a favor del decreto y no garantizó la preservación de los derechos humanos.

De ahí que Conahcyt, junto con la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) y la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), solicitó en octubre de 2022 una revisión de la sentencia anterior ante el 4 Tribunal Colegiado en Materia Administrativa.

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Al discutir el caso, los magistrados del 4 Tribunal Colegiado tuvieron diferencias de opiniones, unos a favor de las empresas de Monsanto, y otros a favor del decreto.

En abono a sus puntos de vista, Conahcyt presentó “recursos legales que fueron acompañados de personas expertas y remitieron amicus curiae elaborados por peritos en la materia”.

Fue entonces que la parte actora, las empresas de Monsanto, se desistió en junio de este año del juicio de amparo.

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Sin embargo, las empresas de Monsanto presentaron otra demanda de amparo en el Juzgado 10 de Distrito en Materia Administrativa, radicado en la Ciudad de México, en contra del decreto de febrero de 2023, lo cual también ha sido atendido por Conahcyt con las pruebas y argumentos correspondientes.

Este juicio todavía no ha sido concluido, pero en el proceso, el Juzgado negó a la parte actora la solicitud de suspensión del acto reclamado, de modo que mientras se resuelve el amparo, las empresas de Monsanto tienen que cumplir con el decreto.

Conahcyt refirió que otras empresas y agrupaciones empresariales más han presentado demandas de amparo contra los decretos de 2020 y 2023, los cuales todavía siguen en proceso de trámite en espera de sentencia.

GC