Abril es un mes relevante para las personas físicas que prestan servicios profesionales, realizan actividades empresariales o perciben algún ingreso por rentas. Incluso, para algunas que tuvieron ingresos por liquidación, indemnización laboral, pensión o jubilación.

Lo anterior, porque deben presentar su declaración anual ante el Sistema de Administración Tributaria (SAT), es decir, tienen que informar, a detalle, sus ingresos y gastos hechos en el ejercicio fiscal anterior.

De acuerdo con la institución gubernamental, quienes están obligados a presentar esta declaración son: trabajadores independientes por honorarios, empleados que recibieron ingresos de dos o más patrones, quienes percibieron ingresos anuales mayores a 400 mil pesos, quienes cobran rentas por algún inmueble, ganadores de algún premio y quienes hayan percibido ingresos por liquidación, indemnización laboral, pensión o jubilación.

Respecto a este último grupo, la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) aclaró que no todos los jubilados y pensionados están obligados a presentar una declaración anual ante el SAT.

A través de una publicación en redes sociales, la autoridad precisó que únicamente deben cumplir quienes:

  • El monto de sus ingresos anuales supere los 400 mil pesos.
  • Si tienen dos o más ingresos por pensión, aún y cuando sus ingresos no superen los 400 mil pesos.
  • Si además de percibir ingresos por pensión, obtiene ingresos por algún otro régimen como arrendamiento o por actividad empresarial.

Recuerda, esta obligación de personas físicas debe cumplirse entre el 1 de abril y el 2 de mayo.

Considerando que, generalmente, es un proceso complicado para la mayoría de los causantes, la Prodecon puso en marcha -por cuarto año- el programa Declara fácil y a tiempo, con el que proporciona toda la información necesaria para que las personas físicas presenten, sin contratiempos, este documento.

Te puede interesar: Prodecon te ‘da una mano’ para que presentes tu declaración anual 2022

er