El inicio de un nuevo ciclo escolar representa una significativa inversión para las familias mexicanas, pues deben comprar útiles y uniformes, así como pagar cuotas de inscripción o de transporte. En este caso, existen algunas deducciones fiscales que pueden ayudar a aliviar esta carga económica.

Al respecto, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) recordó a las personas físicas que los pagos por colegiaturas y transporte escolar (cuando este sea obligatorio o cuando se incluya dicho gasto en la colegiatura), son conceptos deducibles en la declaración anual.

Dicho beneficio es aplicable en gastos de cónyuges, concubinos, familiares ascendentes o descendentes en línea directa o para sí mismos.

En un comunicado, el SAT precisó que, para el caso de las colegiaturas, la deducción es conforme al nivel que se curse en instituciones educativas privadas con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios, de acuerdo al padrón de escuelas que expiden comprobantes con requisitos fiscales.

Los límites anuales son:

● Preescolar: 14,200 pesos

● Primaria: 12,900 pesos

● Secundaria: 19,900 pesos

● Profesional técnico: 17,100 pesos

● Bachillerato o su equivalente: 24,500 pesos

¿Qué requieres?

El SAT precisó que para obtener este beneficio, la factura que se genere debe incluir el complemento de colegiaturas por la institución educativa, en donde se desglose el pago de colegiaturas y transporte escolar.

El pago debe hacerse mediante cheque nominativo, transferencia electrónica desde una cuenta bancaria del contribuyente o con tarjeta de crédito, débito o de servicios. No procede si el pago es en efectivo.

En el Visor de deducciones personales se pueden consultar los requisitos que deben tener estos gastos para ser prellenados en la declaración anual.

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