La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) recordó a las empresas que, desde el pasado 1 de abril, se abrió el plazo para cumplir con la obligación del reparto de utilidades, y que tienen como fecha límite el 30 de mayo de este año.
Por ley, las empresas tienen la obligación de distribuir entre sus trabajadores 10% de las utilidades que reportaron en su declaración fiscal anual más reciente; de modo que en este año deben repartir las utilidades del año 2022.
Te puede interesar: Ya viene el reparto de utilidades; ¿cuándo se paga? y ¿quiénes tienen derecho a recibirlo?
Quedan exentas las empresas de nueva creación, que tengan menos de un año de haber sido fundadas, así como las que hayan obtenido utilidades de menos de 300,000 pesos.
Los trabajadores con derecho a recibir esta prestación son los empleados subordinados con más de 60 días de prestar sus servicios para la empresa en la que se encuentren.
También tienen derecho los trabajadores que laboren para una persona física, aunque en este caso la fecha límite se extiende hasta el 29 de junio.
Para hacer el pago a cada empleado, la Ley Federal del Trabajo (LFT) establece el siguiente esquema: 50% por partes iguales según los días trabajados y 50% conforme a los salarios percibidos de manera proporcional.
Sin embargo, no todas las empresas cumplen con este compromiso, por lo que los trabajadores deben saber que pueden exigir a su patrón que les pague las utilidades que les corresponden.
¿Qué hacer en este caso?
La STPS recuerda a los trabajadores que pueden acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) o bien a las procuradurías de Defensa del Trabajo de los estados, para presentar una queja por la omisión del patrón para cubrir el pago de utilidades o también si consideran que recibieron una cantidad menor.
Te puede interesar: No te quedes en el intento, sigue estos consejos para pedir aumento de sueldo
Cada empleado tendrá que verificar la jurisdicción a la cuál pertenece la empresa en la cual laboral, para definir si debe acudir a la Profedet o a la Procuraduría local.
Al presentar la queja, la autoridad hará el exhorto correspondiente a la empresa para que cumpla con su obligación.
En caso de que el patrón insista en no pagar las utilidades, el trabajador tendrá derecho a presentar una demanda en los tribunales del trabajo, con la asesoría legal de un abogado de la Profedet o de las procuradurías estatales.
El empleado debe saber que tiene un año de plazo para hacer la reclamación, tiempo que se contará a partir de la fecha límite, ya sea el 30 de mayo o el 29 de junio, según sea el caso.
Si el empleado o empleados afectados trabajaran para una empresa con sindicato y contrato colectivo de trabajo, el sindicato puede emplazar a huelga al patrón para exigir el pago de las utilidades, como una medida de apremio.
GC