El gobierno federal elaboró un proyecto de nueva Norma Oficial Mexicana (NOM), enfocada en los productos de maíz, la cual prohíbe a los industriales la utilización de maíz genéticamente modificado como materia prima para la fabricación de masa, tortillas y otras mercancías.
La Secretaría de Salud entregó a la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer) un proyecto para emitir la NOM-187-SSA1/SE-2023, Productos de maíz nixtamalizado – Masa, harina, tortillas, tostadas y otros productos derivados de masa y establecimientos donde se procesan – Especificaciones y disposiciones sanitarias. Denominaciones e información sanitaria y comercial.
Te puede interesar: Aranceles de 50% de México al maíz blanco importado no preocupan a Estados Unidos
En caso de confirmarse, dicha Norma sustituirá la NOM-187-SSA1/SCFI-2002, publicada en 2003.
La Secretaría de Salud describe en el proyecto, que consta de 50 páginas, las disposiciones generales que deben cumplir los actores económicos que se dediquen a la producción de masa de maíz, tortillas y otros productos derivados, tales como las condiciones del agua, el almacenamiento de maíz, las condiciones de higiene de los establecimientos y del personal.
También se mencionan las medidas de higiene que se debe tener con los molinos, las máquinas tortilladoras y el resto del equipo que se utilice para la producción de masa y tortilla.
Pero en lo que se refiere a la materia prima, el proyecto elimina explícitamente el uso de maíz genéticamente modificado.
“Todas las materias primas que sean empleadas en la elaboración de los productos, deben cumplir con los ordenamientos aplicables. El maíz y harina de maíz nixtamalizado deben cumplir con las especificaciones establecidas en la Norma Oficial Mexicana NOM-247-SSA1-2008 (ver 2.7) y en su caso con las especificaciones establecidas en esta Norma Oficial Mexicana que correspondan. En la elaboración de los productos objeto de esta Norma Oficial Mexicana, debe abstenerse el uso de maíz genéticamente modificado como materia prima”, refiere el texto.
Por maíz genéticamente modificado se entiende que es aquel que “ha adquirido una combinación genética novedosa, generada a través del uso específico de técnicas de la biotecnología que se define en la normativa nacional e internacional aplicable”.
Te puede interesar: Maíz transgénico y política energética de México, “asuntos prioritarios” en la agenda del T-MEC: Estados Unidos
Con esta disposición, el gobierno federal pretende reforzar el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), en febrero de 2023, que prohíbe la importación, distribución y utilización del maíz genéticamente modificado o transgénico –como también le llama el gobierno— para consumo humano, aunque sí lo permite parcialmente para uso industrial y alimentación animal.
El gobierno federal ha explicado que la intención de esta medida consiste en proteger la salud humana de los presuntos efectos dañinos que pueden causar los organismos genéticamente modificados, así como la existencia de las especies nativas de maíz en México.
Sin embargo, la expedición de esta medida ha sido causa de controversia con el gobierno de Estados Unidos, quien ha solicitado ya dos periodos de consultas para discutir la pertinencia de este decreto, al considerar que constituye una barrera para el comercio bilateral del maíz y que contraviene los capítulos del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC).
Asimismo, hace unos días, el presidente Andrés Manuel López Obrador informó que, con el propósito de apoyar a los productores nacionales de maíz, quienes se movilizaron en los últimos meses para exigir precios justos, el gobierno federal iba a ordenar aranceles para las importaciones y exportaciones de maíz blanco, en una proporción de 50%, además de que iba a entablar un acuerdo con los industriales de masa y tortilla para que utilicen como insumo maíz que no sea transgénico.
Los aranceles ya se publicaron la semana pasada, mientras que sigue pendiente el acuerdo con la industria de la masa y la tortilla.
De no realizarse cambios al proyecto de NOM-187-SSA1/SE-2023, la Norma se publicará en el DOF para su cumplimiento obligatorio.
El proyecto puede consultarse aquí.
GC