Organizaciones de la sociedad civil hicieron un llamado a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) a negar el amparo presentado por TV Azteca en contra del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Publicidad, el cual establece que los productos no saludables con sellos de advertencia no pueden utilizar elementos de publicidad dirigida a niñas, niños y adolescentes (NNA), como personajes o mascotas, en mensajes de cine, radio, televisión e incluso internet.
La petición fue hecha en conferencia de prensa por El Poder del Consumidor, a dos días de que la Segunda Sala de la Corte discuta el recurso presentado por la televisora del Ajusco.
Cabe mencionar que el Reglamento fue modificado en 2022, siguiendo recomendaciones de la OMS y Unicef. En abril del año pasado, TV Azteca, junto con otra empresa desconocida, presentó un amparo con la finalidad de eliminar esta regulación y poder seguir exhibiendo publicidad dirigida al público más joven de los hogares sobre productos no saludables con sellos.
Al respecto, la organización civil mencionó que en su demanda, la televisora no sólo cuestionó las facultades de la Secretaría de Salud para regular la publicidad, sino que, también argumentó que se afectaba la competencia económica, la libre concurrencia, así como los derechos a la libertad de trabajo y de comercio.
No obstante, según evidencia presentada por la dependencia federal, la publicidad juega un papel determinante en los patrones de consumo de alimentos de los mexicanos y, por ende, en el aumento de la obesidad, especialmente entre la infancia y la adolescencia.
Lo anterior, porque este tipo de publicidad busca promover el consumo de alimentos que no son saludables para la niñez, mediante el engaño y la persuasión del público infantil a través de caricaturas y personajes animados.
Dicho método le permite a las empresas incrementar la venta de sus productos, además de crear lazos afectivos y de fidelidad de marca con los menores.
De acuerdo con Ana Larrañaga, investigadora de la Campaña de Salud Alimentaria en El Poder del Consumidor, el amparo presentado por TV Azteca es ejemplo de la nula responsabilidad social de ciertas compañías, quienes lucran de la promoción de productos que dañan la salud de la población infantil.
En ese sentido, la especialista acentuó que el país “debe contar con regulaciones sólidas en materia de publicidad dirigida a niñas, niños y adolescentes como una medida para prevenir el consumo de ultraprocesados, que desplazan alimentos nutritivos y tradicionales de nuestras dietas”.
Igualmente, Chantal Reyes, abogada de El Poder del Consumidor, resaltó que regulaciones como la establecida en México, son indispensables, “debido a que niñas, niños y adolescentes son considerados por la industria alimentaria como consumidores”.
El problema, dijo, es que esta parte de la población es “más susceptibles y vulnerable a las estrategias agresivas de publicidad”, pues por su edad, “falta de madurez cognitiva y de comprensión de la intención persuasiva de los mensajes publicitarios”.
“Es entonces prioritario salvaguardar sus derechos frente a los intereses económicos de las empresas”, subrayó.
Según El Poder del Consumidor, el caso ya cuenta con un proyecto de sentencia elaborado por la ministra Lenia Batres, en el que se propone negar el amparo a la empresa.
En éste, se destaca que la Secretaría de Salud tiene las facultades suficientes para regular la publicidad dirigida a los niños y jóvenes del país. Además, sostiene que la regulación respeta los derechos de libre competencia y concurrencia, al no imponer desventajas a las empresas ni limitar su capacidad para participar en el mercado publicitario de los productos con etiquetado frontal.
Asimismo, el proyecto de Batres asume que el reglamento no significa una prohibición de publicidad, sino de una regulación. Incluso, recuerda que los productos que no tengan sello podrán seguir utilizando elementos publicitarios dirigidos a mencionado público.
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