La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) dijo a los empresarios que, más allá de tener miedo al Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), lo que debe prevalecer es el respeto al derecho de los trabajadores a organizarse en sindicatos.
“La mejor vacuna para no verse involucrado en este tipo de mecanismos tiene que ver con el cumplimiento de la Ley Federal del Trabajo (LFT), donde todos los actores involucrados deberán garantizar la no intervención en la vida sindical”, aseguró Luisa María Alcalde Luján, secretaria del Trabajo y Previsión Social, en una conferencia con funcionarios de Guanajuato, para hacer un balance sobre la operación del Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida.
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Como se ha informado, el Mecanismo constituye un anexo del Capítulo 23 del T-MEC, el cual se refiere a los derechos laborales en la región de América del Norte.
El Mecanismo fue creado para proteger los derechos de libre sindicalización y contracción colectiva y se activa para denunciar el caso específico de una empresa en la que no se respeten esos derechos colectivos del trabajo.
Hasta el presente, el gobierno de Estados Unidos ha interpuesto siete denuncias contra México, de las cuales cinco ya se resolvieron —General Motors (GM), Tridonex, Panasonic, Teksid y Manufacturas VU—.
Una denuncia más —nuevamente Manufacturas VU— está en etapa de consultas para encontrar una reparación del daño; en tanto que otra más —Unique Fabricating— está en proceso de revisión para corroborar la existencia de una denegación de derechos, informó la funcionaria.
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Luisa María Alcalde también comentó que Estados Unidos impulsó otros dos casos —BBB y Saint Gobain— mismos que fueron rechazados.
Con la intención de orientar a funcionarios y empresarios sobre las causales que han contribuido a la presentación de las denuncias laborales, conforme las reglas del T-MEC, la funcionaria mencionó irregularidades de procedimiento jurídico, como la destrucción de paquetes electorales y la intervención de las empresas en las Juntas de Conciliación y Arbitraje para obstaculizar los recuentos de titularidad de contrato colectivo de trabajo.
Otras acciones que también han dado lugar a las denuncias laborales, bajo el Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida, son el despido, hostigamiento y amenazas de trabajadores por actividad sindical y la retención de las cuotas sindicales.
También han sido motivo de quejas la intervención de la empresa para favorecer a un sindicato en particular, así como promover la duplicidad de contratos colectivos de trabajo con la intención de impedir una auténtica negociación entre trabajadores y patrones.

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En este sentido, Luisa María Alcalde convocó a los empleadores y a los funcionarios públicos a “respetar a voluntad de los trabajadores”, sobre todo cuando los “trabajadores decidan o no legitimar su contrato colectivo” o “si quieren una nueva organización sindical”.
“No tendremos ningún tipo de preocupación, si estamos convencidos de que la libertad sindical y la negociación colectiva auténtica son derechos a proteger por parte de la autoridad y de las empresas, no tendremos problemas”, concluyó la funcionaria.
GC